Asesoría en las reclamaciones por defectos de construcción de la mano de Giménez-Salinas Abogados
El Tribunal Supremo ha reconocido en diversas instancias la reclamación defectos constructivos Desde hace más de una década y en diversas instancias, el Tribunal Supremo ha reconocido que el plazo de prescripción de las acciones contractuales y por vicios ocultos es más amplio que el de las acciones derivadas de la LOE. De igual manera, el tribunal admite la coexistencia de un régimen de responsabilidad ex lege, derivado de la LOE, y un régimen de responsabilidad derivada de la relación contractual.