En las sentencias del Constitucional sobre los ERE concurren severas sospechas de anomalías susceptibles de quebrar la confianza en un tribunal de garantías jurídicas. En primer lugar, la insólita revisión de la valoración de pruebas ya verificadas por el Supremo y la Audiencia de Sevilla. En segundo término, la redefinición de tipos penales, que corresponde en teoría a la jurisdicción ordinaria y no a un órgano de extracción política. Y por último, la falta de apariencia de imparcialidad de tres magistrados –el presidente Conde Pumpido entre ellos– que han intervenido en algunas fases del proceso, y de un cuarto que fue alto cargo en la Junta de Andalucía durante el tiempo en que se produjeron los hechos. El rechazo a... Ver Más