Referéndum 1.0 y 2.0
Recuerdo cuando era un niño y acompañaba a papá al mecánico. Nos arreglaban el carro y al poco tiempo volvía a fallar, y regresábamos al taller. Inquieto, le pregunté qué pasaba, y su respuesta fue: “Es que se aplica la regla de prueba y error, en cada visita ajustan un tornillo diferente hasta que llegarán al problema”.
Viendo las actuaciones de este gobierno, vino a mi memoria ese diálogo porque esa es su forma de trabajar, prueba y error, y lo vemos muy claro en la historia del referéndum.
Anuncio del referéndum
El gobierno comenzó a hablar del referéndum como una amenaza a los diputados, que por no aprobar reformas entonces lo debería hacer el pueblo mediante una consulta. A partir de ahí, divulgaron varias listas, y la verdad me pareció excelente la idea, se incluían asuntos relacionados con petróleo, minería, venta de activos, jornadas 4-3, Ciudad Gobierno, descentralización, órganos desconcentrados, entre otros. Sin duda, era un verdadero reto conocer lo que el pueblo piensa y quiere sobre eso. Un gran paso visionario y a largo plazo.
Cuando se anunció la ley jaguar, la decepción no pudo ser mayor. Una consulta sobre la contratación administrativa únicamente. Aquella actitud visionaria se cambió por la verdadera: una administración sin norte, sin ideas, ayuna de asesoría y con metas de cambio para el país verdaderamente intrascendentes.
Primera propuesta
Lo que el gobierno propuso, con una rápida lectura, evidenciaba flagrantes violaciones constitucionales. De inmediato, un grupo de abogados de la talla de Luis Antonio Sobrado fueron más que elocuentes: limitaba el campo de acción a la Contraloría, eliminaba el control previo, abría la puerta para contrataciones “a dedo”, un portillo muy peligroso. Para usar la retórica gubernamental, el jaguar iba a poder meter sus garras en las contrataciones públicas.
Sucedió lo esperado, la Sala Constitucional encontró inconstitucionales todos los artículos consultados por el TSE, y en consecuencia, la iniciativa fue retirada por el Poder Ejecutivo.
Segunda propuesta
Continuando con su estrategia de prueba y error, el gobierno presentó una segunda versión de la ley jaguar, lo cual es totalmente irresponsable e inoportuno. ¿Cómo se elabora una iniciativa que pretende movilizar una votación nacional sin tener los considerandos de la sentencia de la Sala?
Basarse en el por tanto, con total desconocimiento del contenido del fallo, para elaborar un proyecto tan serio como una consulta ciudadana, denota la falta de rigor académico que hay en Zapote. Pero además, hay dos consultas constitucionales pendientes, una de la Contraloría General de la República y otra de un grupo de diputados. Ambas incluyen dos de los artículos del nuevo proyecto de referéndum, las cuales, si corren la misma suerte que los anteriores, implicará el archivo inmediato de esta segunda iniciativa y el eventual paso a una tercera versión de la ley jaguar.
Si la Sala las declara inadmisibles, en vista del retiro del proyecto inicial, sin duda serán nuevamente consultados, lo que conlleva, en uno u otro escenario, que difícilmente la iniciativa jaguar 2.0 vaya a prosperar.
Sobre el fondo
Me alegra muchísimo que el gobierno celebre el fallo como un triunfo, porque eso significa que respeta y reconoce la seriedad de la Sala Constitucional, posición que deberá mantener ante futuros votos de este importante tribunal. No obstante, resulta curiosa esa alegría, dado que a la norma que rescata el gobierno se le eliminó, dichosamente, la pretendida prohibición del control previo de la Contraloría, que estaba en la propuesta original.
Por otra parte, si el fallo, como dice el gobierno, ratifica que la Contraloría no participa en la administración activa, no coadministra, resulta totalmente innecesario someter a referéndum ese punto por varias razones:
1. Porque es un principio general tanto jurídico como contable-administrativo del control y la fiscalización que el que ejerce esa función no coadministra. No es nuevo y está en el ADN constitucional y legal de la figura.
2. Si, como dice el gobierno, la Sala confirma la no participación en la administración activa, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional —que reza: ”La jurisprudencia y los precedentes de la jurisdicción constitucional son vinculantes erga omnes, salvo para sí misma”— ya no requiere discusión posterior, solo aplicarlo. Entonces, ¿para qué un referéndum que venga a ratificar lo que ya está en el ordenamiento jurídico?
3. Con lo anteriormente dicho, aun si se llegara a hacer la consulta y el pueblo no la aprueba, el rechazo no puede anular lo resuelto por la Sala. En síntesis, no es necesario gastar más de ¢3.000 millones para pretender obtener lo que ya se tiene.
Reflejo del gobierno de Chaves
Esta historia del referéndum refleja claramente lo que es este gobierno. Trabaja a prueba y error, no tiene visión a corto plazo, mucho menos a largo plazo, carece de rumbo y asesoría legal, sus actuaciones son zigzagueantes.
No se puede poner a entidades como la Asamblea Legislativa, la Sala Constitucional, el Tribunal Supremo de Elecciones o la Contraloría General de la República a perder tiempo y recursos en los sainetes que organiza Zapote.
Bien hechas las cosas, se habría avanzado mucho en el proyecto para una Ciudad Gobierno y la marina de Limón, obras que todos queremos, pero dentro de la legalidad, con transparencia y, lo más importante, probidad.
Esperemos que no sea la estrategia para desviar la atención sobre actuaciones del Ejecutivo que están siendo cuestionadas o para ocultar y justificar que la administración Chaves no hace cosas ni avanza. Se está a tiempo para un cambio, el país lo merece.
El autor es excandidato a la presidencia y empresario.