Caso Hermosilla: Colegio de Abogados propone reforma para un control ético universal
El Consejo General del Colegio de Abogados emitió una declaración pública luego de que concluyera la audiencia de formalización en contra de los implicados en el denominado Caso Audios, entre los que figuran dos abogados que quedaron en prisión preventiva: Luis Hermosilla y Leonarda Villalobos.
“Los hechos que están siendo investigados en el llamado ‘Caso Audios’ son extremadamente graves y merecen nuestro absoluto rechazo”, comienza expresando la declaración.
“Esperamos que en el proceso penal se puedan clarificar los hechos y se determinen, conforme al mérito del proceso, las responsabilidades y sanciones que procedan”, agrega el escrito.
Más abajo sostiene que “los abogados y abogadas somos servidores de la justicia y cumplimos un rol público fundamental en el resguardo del Estado de Derecho. Por lo mismo, es fundamental que su actuar profesional se ajuste a ética y las normas vigentes”.
Menciona que “el Colegio de Abogados reúne a abogados y abogadas que día a día honran esta profesión y trabajan en forma honesta y leal para colaborar con la justicia. Es por eso que quienes se apartan de los estándares legales y éticos deben ser investigados y sancionados”.
Más abajo menciona que “el actuar del abogado o abogada tiene que cumplir altos estándares en su desempeño” y que eso es concordante con las preocupaciones de la opinión pública sobre el quehacer de los abogados, lo que “nos debe llevar a reflexionar sobre la importancia del control ético”.
En este sentido, afirman que “preocupa que el marco constitucional y legal actualmente vigente debilita dicho control, sin establecer una jurisdicción universal, creándose estándar diferenciado entre abogados colegiados y no colegiados”.
Por ello, “hemos preparado una propuesta de proyecto de reforma constitucional para asegurar el control ético único, universal y efectivo, que efectúe el colegio profesional, respecto de todos los profesionales”.
En opinión del Colegio de Abogados, esto permite “que los pares sean quienes ejerzan el control ético y, que cuando las infracciones a dichos deberes sean graves, se pueda sancionar hasta con la prohibición del ejercicio profesional”.
“La jurisdicción universal es común en el derecho comparado y los casos que hemos visto en las noticias reafirman la importancia de fortalecer el control ético, como resguardo del sistema de justicia y del Estado de Derecho”, concluyen.