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Октябрь
2024

Cambios en la baja por Incapacidad Temporal: Las mutuas seguirán pagando pasados los 730 días

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El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha establecido una serie de cambios en cuanto a los pagos de los trabajadores con bajas laborales por Incapacidad Temporal (IT).

La Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica, a través de un Criterio Técnico de Gestión publicado en la página web del ministerio, ha anunciado que las mutuas deberán seguir pagando la baja laboral mientras se revisa el grado de incapacidad, aunque hayan pasado más de 730 días desde el comienzo de la baja.

Condiciones de la Incapacidad Temporal

La Incapacidad Temporal, según la normativa establecida, puede estar vigente un máximo de 545 días, lo que corresponde a un total de 18 meses. La Seguridad Social otorga 360 días de baja posibles, más 180 días más de prórroga en caso de que el INSS entienda que el trabajador deberá curarse durante ese nuevo periodo concedido.

Una vez concluyen estos 545 días, el trabajador de baja deberá ser examinado para determinar si se encuentra en las condiciones para retomar el trabajo o, de lo contrario, recibir el grado de incapacidad permanente oportuno. En los casos en los que el trabajador no pueda continuar trabajando, el Instituto Nacional de la Seguridad Social debe realizar de nuevo otra valoración para calificar el grado de incapacidad. Son 90 días los disponibles para realizar esta calificación. Sin embargo, en muchos casos este tiempo se demora más de 730 días.

Las mutuas siguen pagando pasados 730 días

Durante el plazo de 90 días, el Tribunal Médico de la Seguridad Social suele determinar muchos casos. Sin embargo, hay otros que por su complejidad, se demoran más de lo normal. En este sentido, la Seguridad Social ha determinado que aquellos casos en los que la evaluación se demore, y el trabajador permanezca con Incapacidad Temporal durante más de 730 días, la responsabilidad de pago seguirá siendo de las mutuas.

Desde la Unión Sindical Obrera (USO), se han pronunciado sobre esta medida aplicada por el INSS: "Desde USO aplaudimos el enfoque del INSS en este Criterio Técnico de Gestión, ya que se basa en la protección de las personas trabajadoras en situación de IT, garantizando el acceso a la cobertura económica mientras dure el periodo en que no pueden reincorporarse a la actividad laboral".

Asimismo, la organización reclama un desarrollo normativo donde se incluyan estas situaciones excepcionales y la cobertura a la que tendrían derecho las personas trabajadoras, con el objetivo de evitar que los trabajadores tengan que analizar cada situación.




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