El derecho es de las víctimas de abuso sexual
Me sorprendió cómo el avance del proyecto de ley 23928, en la comisión de derechos humanos, desató reacciones alarmistas de la Conferencia Episcopal y abogados como Federico Campos, quienes opinan que la propuesta atenta contra la libertad religiosa e incluso señalan presuntas inconstitucionalidades.
Es necesario aclarar que el proyecto tiene como objetivo asegurar que toda organización que encubra delitos sexuales contra menores o personas con discapacidad sea responsable económicamente por ocultar información; que las autoridades religiosas levanten el secreto de confesión solo cuando el confesante lo autorice, para evitar el silencio y reducir la impunidad; exigir que quienes ocupen cargos de autoridad en organizaciones denuncien si detectan indicios de delitos sexuales contra menores; y obligar al MEP y al PANI a investigar de manera inmediata.
El proyecto se enfoca en proteger a dos poblaciones extremadamente vulnerables, sin transgredir la libertad religiosa.
Campos cuestionó la constitucionalidad, pero la libertad religiosa no está por encima del derecho de las víctimas a la integridad y la protección. El debate que plantea omite que las libertades individuales están limitadas bajo el principio de reserva de ley.
El Pacto de San José, en el inciso 3 del artículo 12, establece que “la libertad de manifestar la propia religión y las propias creencias está sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley y que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos, o los derechos o libertades de las demás personas”.
Asimismo, el artículo 28 de la Constitución reconoce que las libertades individuales tienen límites cuando afectan a terceros. ¿Acaso los derechos de los menores y de las personas con discapacidad víctimas de abuso sexual no están protegidos por la Constitución y los tratados internacionales?
Reconozco la libertad de culto y de conciencia como derechos individuales, pero estos, como cualquier otra libertad, tienen limitaciones. El proyecto no obliga a los sacerdotes a declarar; crea un mecanismo para que colaboren en la protección de las víctimas.
De las más de 30 organizaciones e instituciones consultadas, la única en oponerse fue la Conferencia Episcopal, a pesar de lo expresado por el papa Francisco en una homilía, según el medio Vatican News: “La Iglesia debe avergonzarse y pedir perdón, y tratar de resolver esta situación con humildad cristiana”.
Por otro lado, es falso que el proyecto se presente como “la pomada canaria” contra la impunidad. Por el contrario, sabemos que el problema es multicausal y que erradicarlo requiere esfuerzos conjuntos de todos los actores involucrados; de ahí el motivo de la iniciativa.
El argumento de que cambios como el propuesto no reducirán la impunidad acepta, de forma implícita, que el estado actual de las cosas la fomenta.
Rechazo, por tanto, la tergiversación del contenido del proyecto de ley. La ciudadanía debe informarse sobre las pretensiones de tan necesaria iniciativa, máxime que, según datos del Poder Judicial, en el 2022, dentro de los delitos sexuales los más denunciados fueron aquellos cometidos contra personas menores de edad y con discapacidad.
El autor es diputado.