¿Puedo donar un bien para evitar que me lo embarguen?
Las deudas ahogan a muchas familias en nuestro país, ya que, desde que la vida no ha dejado de encarecerse, estar al corriente de pago es más complicado que nunca, sobre todo para tres de cada cuatro españoles que vive al día, según datos de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). No hacer frente a las deudas conlleva, en muchos casos, el embargo de bienes como puede ser una vivienda. Pero, ¿puede una persona donar el piso para evitar el embargo?
Aquel que done una vivienda para evitar esta situación estaría incurriendo en un delito contra el patrimonio, concretamente, de alzamiento de bienes. Así lo establece el artículo 257 del Código Penal. Y es que serán castigados con penas de prisión de uno a cuatro años y multa de 12 a 24 meses –una cuota de dos a 400 euros diarios, según la normativa vigente– aquellos que realicen "actos de disposición, contrajere obligaciones que disminuyan su patrimonio u oculte por cualquier medio elementos de su patrimonio sobre los que la ejecución podría hacerse efectiva, con la finalidad de eludir el pago de responsabilidades civiles derivadas de un delito que hubiere cometido o del que debiera responder".
Para que exista condena debe de existir una obligación dineraria pública o privada a cargo del deudor previa a la comisión del delito –delito de actividad–, debe producirse una destrucción ocultación de bienes, una situación de insolvencia, dolo de perjuicio al acreedor y que se den las causas objetivas del artículo 257 de la normativa vigente.
En el caso de que "la deuda sea contra organismos de Derecho Público, verbigracia Seguridad Social o Hacienda, es un tipo agravado y la pena puede ser de uno a seis años, con la misma multa que el tipo básico de 12 a 14 meses", sostiene el abogado de Legálitas, Juan José Escudero.
¿Puede tener consecuencias negativas para sus hijos?
Si los hijos son menores de dieciocho años, estos son inimputables a nivel de responsabilidad penal, según establece el artículo 19 del Código Penal.
En el caso de donaciones, "la condena por responsabilidad civil consistirá en la anulación de la donación realizada por el padre deudor a su hijo", asevera el letrado. El hijo deberá restituir las acciones recibidas por donación al patrimonio de su padre, es decir, el deudor. Al margen de las consecuencias civiles, si ya está abierto un procedimiento de reclamación de cantidades, embargo o ejecución. En estos casos, Escudero señala que "no está claro que se paralice el procedimiento civil por tema de prejudicialidad penal".
Formas de evitar un embargo por deudas
Para evitar que los bienes de una persona sean embargados, la primera opción, será pagar la deuda reclamada, aunque no la única. También se podrá llegar a un acuerdo de moratoria, aplazamiento o condonación parcial con la entidad pública o privada; o bien notificar que se está en un proceso de la Ley de Segunda Oportunidad y solicitar ls suspensión de embargos.