Adiós impuesto PAIS: cuándo se elimina para compras con tarjeta y cómo reclamar devolución
A partir del 24 de diciembre no regirá el Impuesto PAIS para importadores. La medida contempla el plazo establecido por el Banco Central (BCRA) para el acceso al Mercado de Cambios.
El Gobierno dejará de cobrar el 95% del Impuesto PAIS a los importadores con el objetivo de que bajen los precios. En lo que respecta a las compras de tarjeta de crédito realizadas en moneda extranjera, dejará de estar vigente a fin de mes y será reemplazado por otro tributo.
El ministro de Economía, Luis Caputo, confirmó este lunes a través de su cuenta de X (Twitter) que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dictará una resolución general.
La medida tendrá "vigencia desde las 00 del día de la fecha" a través de la cual se deja "sin efecto la obligación del pago a cuenta del 95%" del impuesto.
"Esta medida contempla el plazo establecido por el BCRA para el acceso al Mercado de Cambios (30 días) y la fecha de vigencia del Impuesto PAÍS (hasta el 22/12/2024, inclusive)".
¿Cómo reclamar la devolución del impuesto PAIS de las tarjetas de crédito?
El Impuesto PAIS es una de las percepciones que incluye el monto final del dólar tarjeta, el cual se aplica a los consumos realizados en moneda extranjera.
La divisa se calcula a partir del valor del dólar oficial (Banco Nación) más el 30% de la retención de impuesto a las Ganancias o de Bienes Personales y el 30% del PAIS.
¿A qué se aplica este impuesto?
El impuesto PAIS en la tarjeta de crédito aplica a:
- Compras con tarjeta de crédito o débito en el exterior: para bienes o servicios como servicios de streaming.
- Compras de pasajes aéreos y paquetes turísticos al exterior.
¿Cómo reclamar la devolución del Impuesto PAIS para las compras en dólares?
El reclamo por la devolución se realizaba a través del sitio oficial de la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Con el traspaso de sus gestiones al ARCA, ahora deberá gestionarse a través de esta última.
¿Quiénes pueden reclamar la devolución del impuesto PAIS en compras con tarjeta de crédito?
Una vez finalizado el año calendario en el que se produjo la percepción, podrán solicitar la devolución quienes:
- No se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
- Se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias, pero no en bienes personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219.
- No se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
- Se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales pero no en ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217.
- Trabajadores en relación de dependencia y no sean pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
- Trabajadores en relación de dependencia y siendo pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador, como agente de retención, les hayan realizado la percepción bajo el código 219.
¿Qué necesito para pedir la devolución del impuesto PAIS?
- Contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
- Declarar la CBU de la cuenta bancaria en la que se deberá efectuar la devolución solicitada.
- Tener Domicilio Fiscal Electrónico constituido.