El gobierno de Javier Milei oficializó este jueves la emisión de un nuevo bono en pesos del Tesoro Nacional por medio de la Resolución Conjunta 64/2024 publicada este jueves en el Boletín Oficial.
Se trata de un "Bono del Tesoro Nacional capitalizable en pesos con vencimiento al 13 de febrero de 2026", por un monto de hasta un valor nominal original de $ 5 billones.
La colocación de este bono se llevará a cabo en uno o varios tramos, conforme lo determine la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, "siguiendo los procedimientos establecidos en normativas previas", específicamente la Resolución Conjunta 9/2019.
Este título será negociable en el Mercado Abierto Electrónico (MAE) y en otros mercados de valores argentinos, "lo que permitirá su comercialización en un ámbito amplio y regulado", según establece la norma.
¿Cómo será el nuevo bono del Tesoro en pesos?
Según la resolución conjunta de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda, dependientes del Ministerio de Economía, el bono tendrá las siguientes características:
Fecha de emisión: 29 de noviembre de 2024.
Fecha de vencimiento: 13 de febrero de 2026.
Moneda de denominación, suscripción y pago: pesos.
Precio de emisión original: a la par.
Amortización: íntegra al vencimiento.
Intereses: pagará intereses a una tasa efectiva mensual capitalizable mensualmente hasta el vencimiento del instrumento, la que será determinada en la licitación. Los intereses serán calculados sobre la base de meses de treinta (30) días y años de trescientos sesenta (360) días (30/360).
DÍAS: cantidad de días transcurridos entre la fecha de emisión y la fecha de vencimiento, calculados sobre la base de meses de treinta (30) días y años de trescientos sesenta (360) días (30/360).
VPV: Valor de Pago al Vencimiento.
VNO: Valor Nominal Original.
Tm: tasa efectiva mensual que se determine en la licitación.
Denominación mínima: será de valor nominal original pesos uno (VNO $ 1).
Titularidad: se emitirán Certificados Globales a nombre de la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del Banco Central de la República Argentina (BCRA), en su carácter de Agente de Registro de la Letra.
El instrumento gozará de todas las exenciones impositivas dispuestas en las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia. Al mismo tiempo, los pagos se cursarán a través del BCRA mediante transferencias de fondos en las respectivas cuentas de efectivo que posean los titulares de cuentas de registro en esa institución.
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