Plan de pólizas para defensa penal de funcionarios es ambiguo, señala Contraloría
La Contraloría General de la República señaló un “importante grado de ambigüedad e indeterminación clara para su aplicación” en un proyecto impulsado por diputados del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), para que las instituciones puedan comprar pólizas que financien la eventual defensa legal de funcionarios públicos.
En un criterio remitido a la Asamblea Legislativa, el ente fiscalizador indicó que la versión más reciente de dicha iniciativa no detalla el objeto específico de las pólizas, la cobertura, ni los riesgos asegurados, exclusiones y demás elementos esenciales para garantizar la correcta comprensión y aplicación de la nueva ley, en caso de ser aprobada.
Dicho texto es impulsado por el socialcristiano Horacio Alvarado, junto a otros legisladores de su banca. Su propósito original era autorizar a la Administración para que recurriera a abogados institucionales o contrataciones externas para la defensa legal de funcionarios que sean denunciados penalmente por actos realizados en el ejercicio de sus funciones.
No obstante, a instancias de la ministra de Planificación y Política Económica, Laura Fernández, se incluyó en el texto un artículo que ordena a la administración pública contar con pólizas colectivas que permitan asumir la eventual defensa legal, cuando se cumplan las condiciones establecidas para que dicha asistencia jurídica opere.
El ajuste fue aprobado por la comisión legislativa de Gobierno y Administración, la cual dictaminó el proyecto en forma positiva el 22 de octubre.
La Contraloría emitió un criterio el 15 de noviembre sobre esta última versión del proyecto. El documento es suscrito por Luis Diego Ramírez, gerente de la División Jurídica, junto con el gerente asociado, Hansel Arias, y la fiscalizadora Valeria Castro.
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El criterio señala como fundamental que, de previo a cualquier compromiso para la defensa de los servidores, las administraciones verifiquen adecuadamente la pertinencia y viabilidad de las condiciones que pueden brindar los oferentes de las pólizas, a fin de garantizar el cumplimiento de la finalidad y que la protección no resulte una medida ineficaz.
“Es vital enfatizar que la suscripción de pólizas no puede conllevar el giro de recursos a los servidores públicos, porque se busca asegurar las condiciones a la administración y no para el servidor. Eso debe estar comprendido en la normativa que se pretende aprobar, para la debida claridad”, explica la División Jurídica.
Adicionalmente, indica que se debe analizar la naturaleza de los cargos a los cuales, razonable y justificadamente, puede extenderse la cobertura de la defensa legal. Advirtió de que debe haber una “necesaria vinculación activa entre el servidor y la administración”.
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Respecto al ajuste acogido por la comisión de Gobierno y Administración, Laura Fernández, jerarca del Mideplán, alegó que las asesorías jurídicas de las instituciones no tienen abogados penalistas, ni especialistas en demandas y que, por tanto, “es mucho más eficiente que se contrate una póliza para eso”.
Fijar plazos de cobertura
La Contraloría enfatizó que el proyecto debe regular con claridad el plazo en que se puede aplicar el apoyo jurídico del funcionario para afrontar denuncias penales, y debe quedar explícito que ese mecanismo se acaba en el momento en que finalice el servicio público del denunciado. “Luego, este se debe procurar la defensa por sus propios medios”, explicó..
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Además, recordó las advertencias que ya había hecho en noviembre del 2023, cuando el proyecto estaba en estudio de la Comisión de Gobierno y Administración
En esa ocasión, sugirió especificar que la defensa institucional solo podría permitirse para procesos penales relacionados directamente con el ejercicio del cargo y que la decisión de asumir dicha defensa debe ser adoptada por el jerarca mediante acto motivado y solo en casos donde no haya conflicto entre el interés institucional y la defensa del funcionario.
También señaló como relevante considerar que, si el servidor es absuelto, cualquier beneficio es para la institución y, si es condenado, los costos de la defensa recaen sobre él, sin afectar los recursos públicos.
En cuanto a las nuevas advertencias, la Contraloría pidió retomar las observaciones anteriores, y adicionalmente adoptar resguardos para asegurar que la medida de apoyo al funcionario no tenga efectos perniciosos ni lesivos contra el interés público, ni se constituya en una acción perjudicial contra la tutela de la hacienda pública.
“Considera la Contraloría que la toma de decisiones sobre eso debe obedecer a una lógica de priorización del recurso institucional, antes que disponer de fondos públicos para contrataciones externas, privilegiando el mejor uso posible y adecuado de recursos financieros de la administración”, señaló.