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Декабрь
2024

Extienden el programa Puente al Empleo: todos los beneficios para empresas y trabajadores

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El Gobierno de Javier Milei extendió este martes el programa Puente al Empleo, el cual otorga beneficios a las empresas que contraten a titulares de asignaciones sociales.

Lo hizo por medio del Decreto 1085/2024, publicado en el Boletín Oficial. El mismo lleva la firma del Presidente, del jefe de Gabinete Guillermo Francos, de la ministra de Desarrollo Social Sandra Pettovello y del ministro de Finanzas Luis Caputo.

"Extiéndese la aplicación del Decreto N° 551 del 29 de agosto de 2022 a las relaciones laborales que se inicien a partir del primer día siguiente al de la finalización del plazo previsto en el artículo 18 de esa norma y hasta el 31 de diciembre de 2026, ambas fechas inclusive", dice la normativa.

Entre sus considerandos, el Gobierno menciona que "ha iniciado un reordenamiento, reformulación y sustitución de programas sociales o de empleo, con el objetivo principal de promover y fortalecer aquellas políticas públicas orientadas a posibilitar que los segmentos poblacionales con mayor vulnerabilidad social y económica mejoren sus habilidades y destrezas laborales y accedan a un trabajo registrado y a los derechos de la seguridad social".

Puente al Empleo: ¿qué es y cuáles son los beneficios?

El programa fue creado en 2022, cuando Sergio Massa era ministro de Economía, y puesto en marcha el 1° de octubre de ese año con una duración de 24 meses con el objetivo de transformar los programas sociales en trabajo registrado

Según lo establecido, los empleadores del sector privado que se adhieran al programa y que contraten nuevas personas trabajadoras que participen en programas sociales, educativos o de empleo tendrán los siguientes beneficios:

  • La empleadora o el empleador puede imputar a cuenta del pago del salario el dinero que la persona trabajadora cobra por el programa social.

Reducción de las contribuciones patronales a los siguientes sistemas:

  • Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

  • Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

  • Fondo Nacional de Empleo.

  • Régimen de Asignaciones Familiares.

La reducción se aplicará a los doce meses siguientes, contados a partir del mes de inicio de la nueva relación laboral, inclusive.

Extienden el programa Puente al Empleo: todos los beneficios para empresas y trabajadores

Puente Empleo: ¿cuáles son los programas y planes sociales compatibles?

Están incluidos en el programa Puente al Empleo lo siguientes programas sociales, educativos y de empleo:

  • Programa de Inserción Laboral
  • Programa Acompañar
  • Programa Potenciar Trabajo
  • Programa Jóvenes y Mipymes
  • Programa Fomentar Empleo

Puente Empleo: ¿qué empresas están excluidas del programa?

Quedarán fuera de este beneficio aquellos empleadores privados que se encuentren en alguno de los siguientes casos:

  • No aumenten la nómina de trabajadores declarados respecto al promedio de trabajadores declarados durante el año 2021.
  • Estén en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), quedan excluidos durante el período que estén en el REPSAL.
  • Realicen prácticas indebidas o abusivas para acceder a los beneficios establecidos en este Programa. Se considera práctica de uso abusivo cuando se produce sustituciones de personal bajo cualquier figura o el cese como empleador o empleadora y la constitución de una nueva figura como empleador, sea mediante las mismas o distintas personas humanas o jurídicas.
  • Hagan contrataciones de trabajo temporario o de trabajo permanente discontinuo y contrataciones para desarrollar actividades agropecuarias, según establece el artículo 1 del Decreto 514/2021.
  • Hagan contrataciones de personal de la industria de la construcción como empleadores o empleadoras dentro del Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda.

Puente al Empleo: qué trabajadores quedan excluidos del programa

Según establece la página oficial del Gobierno, los empleadores no pueden acceder a los beneficios del Programa Puente al Empleo cuando los trabajadores o trabajadoras:

  • Al momento de ser contratados tienen un trabajo registrado en relación de dependencia en el Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS). Esta regla no se aplica a los trabajadores que participan en los programas de inserción laboral u otros programas que admiten al acceso a un trabajo formal.
  • Fueron declarados en el Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS) y luego de producido el fin de su contrato de trabajo fueron reincorporados por la misma empleadora o el mismo empleador dentro de los 12 meses contados a partir del fin del contrato de trabajo. Se consideran los contratos que han terminado a partir del 29 de agosto de 2022.
  • Se contraten dentro de los 12 meses contados desde el despido sin justa causa o del despido por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor de otra trabajadora o de otro trabajador en relación laboral con la misma empleadora o el mismo empleador. Se consideran los despidos realizados a partir del 29 de agosto de 2022.

El decreto completo

PROGRAMA "PUENTE AL EMPLEO" by Cronista.com




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