Una sentencia explica el motivo por el que puedes anular una multa de velocidad de la DGT
Las multas son uno de los aspectos que más preocupan a los conductores. Pueden ser de muchos tipos, aunque una de las sanciones más frecuentes es por superar la velocidad permitida en un punto o tramo concreto. Estas infracciones las detectan los radares, que pueden ser fijos o móviles. No solo hay aparatos pare medir la velocidad, también para comprobar el uso del móvil y el respeto a los semáforos. España cuenta con un total 2.941 radares en el país: 2.095 fijos, 433 de semáforo, 168 de tramo y 245 de cinturón y móvil. Este número ha aumentado un 4% entre 2023 y 2024.
Muchos conductores buscan pagar rápido una sanción para aprovecharse de la deducción del importe, pero hay en algunas ocasiones que esa multa es incorrecta y por lo tanto no es necesario pagarla. Las sanciones tienen un procedimiento y una forma exacta que se debe de cumplir. Una multa se puede anular por defecto de forma, deficiencias en la información y duplicidad de sanciones, pero en el caso de las multas por velocidad hay una manera muy sencilla de comprobar si puedes anular una sanción.
Este detalle puede hacer que puedes anular una multa de velocidad
Cuando un radar fijo multa a un vehículo, la sanción física, es decir, el boletín de denuncia que llega a casa, debe incluir dos fotos. La primera de ellas debe ser una toma cenital del vehículo, mientras que la segunda debe ser un detalle de la matrícula. Es clave que ambas fotos sean diferentes, de manera que no sirve una ampliación de la primera. Si ambas fotos son la misma ampliada, la sanción se puede recurrir. La DGT o el Ayuntamiento debe demostrar que el radar ha realizado hasta dos mediciones del vehículo. Por tanto, ambas imágenes deben tener inscripción horaria para que se pueda comprobar el paso del tiempo.
Una sentencia judicial avala esta anulación
El juzgado de lo contencioso administrativo anuló una multa de velocidad puesta en 2023 en la avenida de Clara Campoamor de Vigo, en Galicia. El juez anuló la multa porque el radar no tomaba fotogramas en momentos diferentes. La denuncia incorporaba dos imágenes del vehículo, pero era la misma duplicada. Por lo tanto, era un boletín sin ninguna prueba documental válida con el que se castigaba con 300 euros al infractor que circuló presuntamente con exceso de velocidad. Además, perdía dos puntos del carné de conducir. El juez la anuló, según explicó 'La voz de Galicia'.
El Concello puso la multa porque el vehículo circulaba supuestamente a 74 kilómetros por hora cuando existía una limitación de velocidad máxima de 50 kilómetros por hora. Este radar era un Jenoptik Robot Multaradar, uno de los aparatos más modernos, con capacidad para multar hasta en seis carriles. El radar está ubicado en el punto kilométrico 2,2 de la avenida mencionada anteriormente.
La multa más desconocida
Por muy extraño que pueda llegar a sonar, un conductor puede llegar a ser multado por repostar en su propio coche. En las gasolineras de instalación asistida es obligatorio que el repostaje lo realice el personal autorizado de la gasolinera. Incumplir esta norma puede conllevar una multa de 100 euros. En las de autoservicio, como su propio nombre indica, el conductor puede repostar su propio coche sin ningún temor.