Los bancos podrán adelantar el pago de las prestaciones de desempleo a los afectados por la DANA
La Asociación Española de Banca (AEB) ha alcanzado un acuerdo con el Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE), al que pueden adherirse los bancos, para adelantar el pago de las prestaciones de desempleo a los afectados por la DANA, informa la organización bancaria en un comunicado.
En una nota, la AEB aclara que las entidades que se unan a este convenio de colaboración adelantarán total o parcialmente el dinero de las prestaciones por desempleo antes de recibir los fondos del SEPE. Siempre que el SEPE gestione la prestación, todas aquellas personas con prestaciones por desempleo reconocidas entre el 28 de octubre y el fin del convenio, previsto para el 31 de diciembre de 2025, podrán beneficiarse de este adelanto. El Servicio de Empleo reembolsará los importes a las entidades adheridas a través del circuito financiero de la Tesorería General de la Seguridad Social.
También para quienes residen en zonas afectadas por la DANA, los Reales Decretos-leyes 6/2024 y 7/2024 incluyen importantes medidas fiscales.
-Ayudas directas exentas de tributación, incluyen 5.000 euros para autónomos y entre 10.000 y 150.000 euros para empresas según su facturación.
-Ampliación de plazos fiscales: los afectados tienen hasta el 30 de enero de 2025 para presentar declaraciones tributarias con vencimiento entre el 28 de octubre y el 31 de diciembre de 2024.
-Reducción de módulos: un 25% menos para quienes tributan en estimación objetiva.
-Deducciones autonómicas: en la Comunidad Valenciana, se incluyen beneficios como la bonificación del 100% en actos vinculados a bienes inmuebles dañados.