Los hijos o el cónyuge: ¿quién tiene preferencia para heredar?
Cuando un familiar fallece, los temas relacionados con la herencia suelen generar disconformidades entre los miembros afectados. En estos casos, existen dudas sobre qué ocurre con la herencia a repartir según dos casos: si el fallecido ha realizado el testamento o no.
Ante las dudas, es importante recurrir al Código Civil, donde se explica con detalle qué debe suceder cuando hay un fallecido y cuál es el orden de sucesión, puesto que en nuestro país hay familiares que tienen prioridad sobre otros.
¿Qué ocurre si no hay testamento?
Cuando una persona fallece sin haber realizado un testamento previo, se aplica la sucesión intestada. Se trata del proceso legal que ocurre cuando una persona fallece sin haber dejado un testamento válido, es decir, sin haber dispuesto de manera expresa cómo deben distribuirse sus bienes tras su muerte.
En este caso, la ley determina quiénes serán los herederos y cómo se repartirán los bienes del fallecido. En concreto, el artículo 807 del Código Civil refleja que el orden de sucesión es el siguiente:
- Descendientes: los primeros en la línea de sucesión, según la normativa española, son los descendientes del fallecido. Esto incluye a los hijos y, en caso de que estos hayan fallecido, los nietos. Los hijos heredan a partes iguales. Si alguno de los hijos ha fallecido, su parte se reparte entre sus propios descendientes (nietos del fallecido).
- Ascendientes: en ausencia de descendientes, los ascendientes (padres y abuelos) son los siguientes en el orden de sucesión. Si ambos padres están vivos, heredan a partes iguales. Si solo uno de los padres está vivo, este recibe la totalidad de la herencia. Si los padres han fallecido, la herencia se reparte entre los abuelos.
- El cónyuge: este familiar también tiene derechos hereditarios. En caso de que existan descendientes, el cónyuge tendrá derecho al usufructo de un tercio de la herencia, conocido como tercio de mejora. En caso de que no haya descendientes pero sí ascendientes, el cónyuge tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia. Por último, si no hay ni descendientes ni ascendientes, el cónyuge heredaría la totalidad de la herencia.
¿Qué ocurre si hay testamento?
Por el contrario, si el progenitor hace testamento, podrá distribuir la herencia entre sus hijos de acuerdo con las siguientes normas:
- En caso de hacer testamento, el testador debe respetar los derechos sucesorios de los herederos forzosos, que se traducen en la legítima, que es la cuota mínima de herencia que la ley garantiza a un heredero forzoso o legitimario.
- Existiendo hijos con derecho a heredar, resultan irrelevantes los derechos sucesorios a favor de los demás parientes, ya que los hijos los excluyen de la posibilidad de heredar.
- Los hijos recibirán dos tercios de la herencia, siendo uno de ellos de reparto obligado y equitativo entre todos los hijos (tercio de legítima estricta), y el otro, de reparto discrecional (tercio de mejora), pudiendo repartirse del modo en que desee el testador, pero siempre a favor de alguno o algunos de sus hijos.
- La tercera parte restante, el tercio de libre disposición, como su nombre indica, puede ser distribuido a gusto del testador a favor de quien prefiera, que puede ser un hijo o cualquier otra persona, o distribuirse entre varias personas, sean quienes sean.
Familiares que suceden en el orden
En caso de que ningún familiar de los anteriormente mencionados viva, los miembros que recibirían la herencia serían los siguientes:
- Hermanos: los hermanos del fallecido son los siguientes en la línea de sucesión. Si algún hermano ha fallecido, su parte se reparte entre sus hijos (sobrinos del fallecido).
- Sobrinos: en ausencia de todos los anteriores, la herencia se reparte entre los parientes más cercanos del fallecido.
- Resto de parientes hasta cuarto grado (primos, tíos, y tíos abuelos).
¿Qué es un testamento?
Un testamento es un documento legal en el que una persona (denominada testador) expresa de manera clara y formal cómo desea que se distribuyan sus bienes, derechos y obligaciones después de su fallecimiento.
A través de este documento, el testador puede designar a sus herederos, dejar propiedades a ciertas personas o instituciones, nombrar ejecutores de la herencia y dar instrucciones sobre el cuidado de dependientes (como hijos menores o personas con discapacidad).
Razones por las que se debe realizar un testamento
- Control sobre la distribución de bienes: Al redactar un testamento, el testador tiene el control de cómo se repartirán sus bienes después de su muerte. Sin un testamento, la ley determina quiénes serán los herederos, lo cual puede no coincidir con los deseos del fallecido.
- Evitar conflictos familiares: un testamento puede ayudar a evitar disputas entre familiares sobre la distribución de la herencia. Al dejar claras las intenciones, se reduce el riesgo de enfrentamientos legales o tensiones dentro de la familia.
- Elegir a los encargados de la herencia: el testamento permite designar a una persona o a varias como ejecutores de la herencia, quienes serán responsables de cumplir con las disposiciones del testamento y gestionar la distribución de los bienes.
- Beneficios fiscales: En algunos países, hacer un testamento puede permitir la planificación fiscal, lo que puede reducir la carga tributaria sobre los herederos o beneficiar a organizaciones benéficas mediante legados específicos.
- Protección de seres queridos: Un testamento asegura que los bienes y propiedades se distribuyan conforme a los deseos del fallecido, lo que puede beneficiar a personas o entidades específicas, como hijos menores, familiares dependientes o instituciones.
- Seguridad jurídica: Redactar un testamento conforme a la ley asegura que los deseos del testador sean respetados, minimizando el riesgo de que la sucesión se lleve a cabo bajo la normativa de sucesión intestada, que podría no reflejar las intenciones del fallecido.