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Январь
2025

Un hombre recibirá 54.000 euros de indemnización de la Sanidad pública por las secuelas de una erección de 30 horas

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Abc.es 
La Generalitat, a través del Consell Jurídic Consultiu de la Comunidad Valenciana (CJCV), ha estimado la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Conselleria de Sanidad, que deberá indemnizar con 54.000 euros a un paciente que sufrió una atención inadecuada después de mantener una erección durante treinta horas , la cual derivó en importantes secuelas físicas. Según aparece recogido en los informes de la Inspección Médica, el hombre, de 36 años y con paraplejia a causa de una lesión medular, acudió el 5 de julio de 2020, de madrugada, a urgencias del hospital de la Vall d'Albaida debido a una erección mantenida de seis horas. Tras un autosondaje vesical, exploración física y analíticas de orina y sangre, fue dado de alta con control para su médico de atención primaria. De acuerdo con el relato que ofrece el documento publicado por el CJCV, que ha adelantado el diario Levante-EMV y al que ha tenido acceso ABC , a la mañana siguiente su facultativo le sometió a una exploración rutinaria tras la que le aseguró que la erección tendría una «resolución espontánea». 20 horas después, sin haber solucionado el problema, decidió acudir al centro hospitalario de nuevo donde sí esta vez le sometieron a un drenaje de los cuerpos cavernosos que consiguió «una disminución». Así fue dado de alta, a pesar de que el informe médico al que hace referencia el órgano consultivo del Gobierno valenciano apunta que al tratarse de un paciente parapléjico, con casi 24 horas de clínica a sus espaldas, «deberían haberle mantenido en observación», ya que es «habitual un empeoramiento de la erección tras una mejoría parcial». Ocurrió así, pues empeoró de nuevo y tuvo que regresar por tercera vez al hospital, esta vez siendo derivado a Xàtiva pero prefirió ir a Valencia ciudad donde por primera vez tras más de un día fue atendido por un urólogo especializado, que le recetó un tratamiento acorde al priapismo. Como la respuesta no fue la esperada, fue ingresado y tuvo que ser intervenido para que le colocaran una prótesis maleable de pene . Tres meses después, la «impericia» en la colocación del implante y su «incorrecta» colocación provocó su extrusión de prótesis, por lo que tuvo que pasar por quirófano de nuevo. Por ello, los abogados del paciente reclamaron en abril de 2021 la responsabilidad patrimonial ante la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por los datos y perjuicios derivados del retraso en el tratamiento de priapismo. «Se trata de una lesión grave, individualizada en la persona de la reclamante, sin que esté producida por fuerza mayor, que es consecuencia del mal funcionamiento de la Administración sanitaria , en este caso, del Hospital de Ontinyent primero, y del Hospital de Xàtiva posteriormente, dependientes de la Consellería de Sanidad de la Generalitat Valenciana, por cuanto que el paciente acudió a dichos hospitales únicamente en su condición de usuario de la sanidad pública», aludieron. «El daño está provocado por el retraso en el diagnóstico y tratamiento del priapismo, así como en la cirugía de implante de prótesis de pene incorrectamente ejecutada, en el retraso en el diagnóstico y tratamiento de las complicaciones que surgieron (la infección), y en la impericia en la administración de la raquianestesia de la cirugía de recolocación de prótesis, lo que supuso las graves secuelas que padece el reclamante ( disfunción eréctil permanente , dolor, prótesis de pene y protrusión discal por con pérdida de sensibilidad y fuerza) por las que debe ser indemnizado», manifestaron. Con todo ello, la Inspección Sanitaria dio la razón al paciente hace dos años al considerar que Sanidad era responsable de «una mala praxis por un enfoque diagnóstico erróneo y un retraso injustificado en la realización de las pruebas que hubieran anticipado un diagnóstico grave en el que la precocidad de abordaje condiciona la agresividad del tratamiento y su posibilidad de éxito. De este modo, la Comisión de Valoración del Daño Corporal cifró en 54.000 euros la indemnización para el afectado -que la impugnó sin éxito-, de los cuales 5.000 irán a parar a su pareja en concepto de daños morales, planteamiento que hizo suyo el Pleno del Consell Jurídic Consultiu de la Comunidad Valenciana estimando parcialmente la reclamación el pasado 6 de noviembre de 2024.



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