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La recusación en bloque de Macías en los recursos por la amnistía tensiona el TC

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Las comunidades autónomas gobernadas por el PP, y el Gobierno del socialista Emiliano García-Page, no podrán pronunciarse sobre la recusación del magistrado conservador José María Macías en sus recursos contra la Ley de Amnistía si, como todo apunta, el tribunal que preside Cándido Conde-Pumpido, de mayoría progresista, traslada en bloque su recusación, instada por el fiscal general –por haberse pronunciado sobre la norma cuando era vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)– al resto de procedimientos pendientes sobre la medida de gracia.

El Pleno que se celebra hoy abordará esta aplicación automática de la recusación aprobada, en contra del criterio de Macías, al resto de recursos y cuestiones de inconstitucionalidad. Pero fuentes del bloque conservador discrepan del procedimiento elegido y reclaman que esa recusación se tramite caso a caso para que los recurrentes –la mayoría comunidades autónomas gobernadas por el PP y que no pidieron apartar a Macías– puedan realizar alegaciones y expresar, en su caso, su disconformidad con la recusación que en estos procedimientos plantea la Abogacía del Estado.

El Pleno concluyó –con el voto en contra de cuatro magistrados conservadores (Macías no participó en esa decisión al sustanciarse su propia recusación)– que al participar en la elaboración y aprobación del informe del CGPJ contra la amnistía del pasado marzo, Macías pudo «tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad», por lo que se acordó apartarle de las deliberaciones y la resolución del recurso planteado por el Tribunal Supremo.

Ahora, ante la pretensión de dejarle también a un lado del resto de procedimientos, Macías argumenta que su oposición a la recusación, finalmente aceptada, del fiscal general del Estado para apartarle del recurso del Supremo contra la ley de Amnistía le impide abstenerse del resto de procesos abiertos en el tribunal relacionados con esta normativa (además de los recursos de inconstitucionalidad presentados por comunidades autónomas gobernadas por el PP y por el Ejecutivo de García-Page, las cuestiones planteadas por el TSJ de Cataluña y los futuros amparos de los condenados y procesados por el «procés» que no han sido amnistiados).

El bloque conservador se remite a la normativa aplicable en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y en la que regula el funcionamiento del TC para defender que esas recusaciones (en el caso de los recursos de inconstitucionalidad Macías ha sido recusado por la Abogacía del Estado) han de tramitarse una a una, de manera que los recurrentes –que no han recusado a Macías porque no cuestionan su imparcialidad al respecto– puedan realizar alegaciones sobre esa petición.

De ahí que fuentes del sector minoritario se quejen de que la intención del presidente, Cándido Conde-Pumpido, sea aplicar de manera «automática» esa recusación ya aprobada al resto de procedimientos vinculados con la amnistía, pese a la existencia de distintas partes y objeto de esos recursos (que se dirigen contra la ley en conjunto) y cuestiones de inconstitucionalidad (que jueces y tribunales individualizan en un caso concreto). Algo que, entienden, supondría vulnerar el derecho a un juez imparcial y a la tutela judicial efectiva de los recurrentes.

Del mismo modo, discrepan con sus compañeros en el hecho de que deba acordarse la pérdida sobrevenida de objeto de las recusaciones contra Macías (más de una veintena) una vez el Pleno ha admitido ya la planteada por la Fiscalía en otro procedimiento sobre la amnistía, porque así se hizo también en el caso del magistrado Juan Carlos Campo. Y recuerdan que en este caso fue el propio exministro de Justicia quien decidió abstenerse (por haberse mostrado contrario a la amnistía en la tramitación de los indultos a los condenados del «procés»). Algo que consideran que no tiene nada que ver con la situación de Macías, que se opone a su recusación y rechaza abstenerse en el resto de procedimientos incluso, tras la decisión del Pleno de apartarle de la cuestión planteada por el Tribunal Supremo contra la ley. De hecho, según ha podido saber LA RAZÓN, Macías pidió sin éxito por carta a Conde-Pumpido que retirara este punto (que se introdujo a última hora como adición al Pleno) del orden del día.

La presencia o no de Macías entre los magistrados que deben decidir sobre la constitucionalidad de la Ley de Amnistía no es irrelevante. Sin él, la mayoría progresista se refuerza dada la presencia de seis magistrados de esta sensibilidad (tras la abstención del exministro Campo) y cuatro conservadores. De esta manera, el voto de Conde-Pumpido no resulta determinante para inclinar la balanza, como si sucedería con Macías en el Pleno pues esa mayoría se estrecharía al máximo y su voto sería decisivo para respaldar la constitucionalidad de la polémica norma. Una decisión que el TC espera acordar a lo largo de este año (el mandato del presidente y de los otros tres magistrados designados por el Senado expira en marzo de 2025 y no parece que un TC con un tercio de sus miembros en funciones –si la renovación encalla– vaya a resolver una cuestión de tanto calado).




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