Condonación de rentas: Corte permite modificar contratos si no pudiste habitar inmueble por 2 meses
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución en favor de las personas que pagan renta, quienes ahora tiene derecho de solicitar la modificación de sus contratos en caso de que no puedan habitar los inmuebles que rentaron por cuestiones de fuerza mayor.
Dicha resolución lanzada este miércoles 29 de enero señala que “los arrendatarios que por causas de fuerza mayor no puedan habitar hasta por dos meses el inmueble que rentaron, podrán solicitar la recisión o modificación del contrato para reducir el monto de la renta”.
Con ello, las personas que rentan sus inmuebles no podrán cometer prácticas abusivas contra quienes, por causas de fuerza mayor, no pudieron usar el inmueble.
De acuerdo con la Corte, “es injusto lo que puede resultar exigir el cumplimiento del pago de rentas cuando no se está en condiciones de utilizar el bien arrendado”. Por ello, es necesario encontrar una manera legal de encontrar un equilibrio.
Cabe señalar que, en el caso de la Ciudad de México, la legislación civil incluye condonaciones o reducciones a las rentas en casos similares en los que no se pueda habitar una casa o un departamento durante más de dos meses, e incluso se puede llegar a que los contratos dejen de tener efectos.
¿No pudiste vivir en el lugar que rentabas y te quieren cobrar? Esto es lo que debes hacer
De acuerdo con la Suprema Corte, las acciones para lograr una reducción a la renta de vivienda o que se modifique el contrato de arrendamiento deben realizarse en un plazo de 30 días posteriores a los dos meses en los que no pudiste habitar el inmueble.
Si el arrendador no accede, tienes otros 30 días más para reclamar por la vía judicial para que se hagan valer tus derechos y con ello se modifique tu contrato.