Apropiadas Leyes Cognitivamente Privilegiadas y Posibles Soluciones...
Una iniciativa que ha tardado pero ha llegado, es la de algunos colegios de abogados españoles en Madrid, Barcelona y Málaga que, esperamos se multiplique al total de las sufridas ciudades españolas. Éstos abogados pretenden tocarles ciertas sensibilidad mental “si es que la poseen” a los Inventores de Leyes en el Gobierno Español. Han detallado su receta para Combatir la Ocupación Ilegal de Viviendas, para que los Jueces puedan dictar desalojos exprés, en un plazo máximo de 48 horas, para quienes ocupen casas, pisos o viviendas sin tener un título habilitado para ello. La amplia propuesta de reforma legal que los abogados confían en que sea adoptada por los partidos políticos, parte de que las leyes en vigor no son satisfactorias por la demora en devolución de las viviendas a sus propietarios que están siendo excesivas. Considerando que las ocupaciones se han multiplicado exponencialmente últimamente.
Según los datos del Ministerio del Interior, en 2023, se denunciaron 15.282 casos de usurpación de viviendas y allanamientos de moradas, muchas con extrema violencia. Cataluña acumula el 41 % de los casos. La tendencia ha sido creciente en los últimos 15 años, en 2015 se registraron 2.702 casos, muchos de ellos solucionados por acuerdos potencialmente acordados con previos elevados pagos a los Okupas. Igual y más elevados pagos exigen éstos indeseables ahora. Aprovechando los privilegios otorgados por el Gobierno. Los abogados proponen que ese delito deje de ser competencia del Jurado Popular y adaptarlo a la ley de medidas de Eficiencia en la Justicia aprobada por el Gobierno. La segunda modalidad más habitual, supone un delito leve: la usurpación de viviendas, por ocupación de edificios o locales desocupados. Y es ahí donde los colegios de Madrid, Barcelona y Málaga han centrado sus propuestas, los letrados instan a modificar la ley de Enjuiciamiento Criminal permitiendo que se ventile por trámites de juicio inmediato, permitiendo al Juez de turno adoptar una medida cautelar urgente de Desalojo en el momento de celebración del juicio. El ocupante u ocupantes, tendría 48 horas para acreditar la posesión del inmueble o casa y, si no lo hace, sería expulsado de forma inmediata, y obligado devolver la vivienda. Se puede recordar que otros países del entorno europeo, como Italia, Inglaterra, Holanda y Francia, disponen de mecanismos que agilizan los desalojos.
Son medidas que evitarían la perpetuidad en la morada ocupada, y que se utilice él Argumento de Vulnerabilidad, para conseguir la Suspensión del lanzamiento. Ésta situación de vulnerabilidad No es asunto del propietario, es la Administración la que debe procurar un techo a esas personas si es considerado necesario... La Constitución reconoce el Derecho de una vivienda digna, pero no se debe pretender que la solución a la falta de ésas viviendas recaiga sobre los propietarios de las suyas. La Ocupación No es un derecho en ningún caso, afirmaba el Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB), Jesús Sánchez, donde se acoge estos días el 2º congreso sobre Ocupación Ilegal. La idea del primer congreso era que no hubiera un 2º, y la de éste que no haya un 3º, ha bromeado el Decano de los abogados de Madrid, Eugenio Ribón, sobre la posibilidad de que los políticos adopten las propuestas legislativas que se les están planteando. Piénsese que los procesos para desalojar a un inquilino que dejó de pagar el alquiler o renta; que se debe acreditar el incumplimiento del contrato y, otra muy distinta es el proceso para expulsar a quienes nunca tuvieron derecho a estar en la vivienda.
No se debe equiparar Jurídicamente ambas situaciones. Por ello proponemos Modificar Artículos de la Legislación Civil, que imponen condiciones adicionales, que retrasan y complican las demandas para recuperar esos inmuebles ocupados sin título. Se debe suprimir el trámite de acreditación de la Vulnerabilidad. Medida que busca proteger a colectivos vulnerables, ya que se están aplicando de forma indiscriminada, por lo que se ha convertido en una herramienta para dilatar injustificadamente los procesos. Queremos también que se reforme la Ley de Propiedad Horizontal y el Código Civil de Cataluña, que permita a la comunidad de propietarios, pedir el desalojo de un inmueble ocupado, si el propietario no lo puede hacer...
De Antonio Quirós Abadía. Naturalista.