La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó el fallo realizado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral de quitar los sobrenombres en las boletas de la elección judicial y cerró la puerta a la ministra Lenia Batres de utilizar el sobrenombre Ministra del Pueblo.En una sesión extraordinaria, que comenzó a las 22:30 horas, los magistrados votaron de manera unánime por sostener que los apodos, alias y sobrenombres en las boletas no afectan los derechos electorales de la ministra.“Se propone desestimar los agravios formulados porque, contrario a lo alegado, el INE sí cuenta con atribuciones legales para resolver sobre la inclusión de elementos adicionales en las boletas electorales sin que el Senado haya autorizado una inclusión que trascendiera a la competencia del INE, máximo que no se acredita la afectación a los derechos políticos electorales en tanto la inclusión de los sobrenombres no constituye un elemento esencial que deban contener las boletas electorales”, votaron los magistrados.De acuerdo con el proyecto de la magistrada presidenta, Monica Soto, la impugnación realizada por la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resulta “inoperante” e “infundada”, pues durante el proceso de selección, el INE nunca fue omiso en las gestiones para permitir registros de sobrenombres.“Es inoperante lo alegado por la promovente con relación a que, por el solo hecho de que su postulación derive del pase directo concedido por la Constitución General, por desempeñarse actualmente en el cargo al que postula, su sobrenombre debió tenerse por acreditado”, sostiene el proyecto aprobado.Batres publicó en sus redes sociales que Ministra del Puebloes más que un seudónimo, pues “es una misión, una declaración de principios, un compromiso”, por lo que decidió impugnar el fallo y el TEPJF determinó esta noche desechar su queja.