Tribunal rechaza intento de Huawei de frenar reglamento que le excluye como proveedor de 5G en Costa Rica
El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda rechazó una medida cautelar solicitada por la empresa china Huawei para suspender la ejecución del reglamento que le impide convertirse en proveedor de redes y soluciones de tecnología 5G en Costa Rica.
La compañía tecnológica cuestionó la decisión del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) de exigir, en el proceso licitatorio para contratar el hardware y el software 5G, que las empresas provengan de países que hayan ratificado el Convenio sobre la Ciberdelincuencia, firmado en Budapest (Hungría) el 23 de noviembre de 2001. China no es signatario del instrumento internacional.
No obstante, el Tribunal concluyó que Huawei presume que va a ser excluido del proceso licitatorio o bien no adjudicado. “Inclusive, el daño que se alega no es actual ni potencial, sino eventual, pues nace a raíz de que el ICE tome la decisión de excluirlo, situación que no ha acontecido, pues a la fecha del estudio del expediente judicial y la prueba presentada no se refleja dicha situación”, explica la resolución 2025001488, del pasado 20 de febrero.
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Igualmente, el fallo señala que Huawei no pudo demostrar el daño que le provoca el reglamento, “pues aunque el ICE lo utilizara como parte del pliego de condiciones, no provoca una afectación a los intereses de quien acciona, pues la justificación implementada del daño es por el proceso licitatorio, no por la vigencia o no del decreto”.
Huawei indicó a La Nación que aun está analizando la resolución y que por el momento no se referirá al tema.
Por su parte, el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) celebró el fallo judicial. El ente rector alegó que el reglamento no es discriminatorio ni violenta tratados internacionales.
“Su objetivo es fortalecer la ciberseguridad y la protección de datos en el país, estableciendo un marco regulatorio sólido para el desarrollo de la tecnología 5G, en un contexto de creciente preocupación por los riesgos de ciberataques y la necesidad de salvaguardar la seguridad nacional y los derechos fundamentales de los ciudadanos”, agregó el Micitt en un comunicado de prensa.
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Al mismo tiempo, el Micitt criticó que, después de más de un año de su interposición, todavía no se ha resuelto otra medida cautelar provisionalísima interpuesta por el Federación Frente Interno de Trabajadoras y Trabajadores del Instituto Costarricense de Electricidad y de la Industria de Telecomunicaciones (FIT), “hecho que sorprende pues ya existe suficiente fundamento para descartar los argumentos con los que se quiere retardar la aplicación del citado reglamento”.
También, está en curso en la Sala IV una acción de inconstitucionalidad presentada por FIT-ICE contra la regulación de 5G.
El Reglamento sobre medidas cibernéticas aplicables a servicios de telecomunicaciones basados en tecnologías de la información de quinta generación móvil (5G) y superiores fue emitido mediante el Decreto Ejecutivo N.º 44196-MSP-MICITT, y publicado el 31 de agosto en el diario oficial La Gaceta.
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