La edad de jubilación aumenta en 2026: cuántos años habrá que cotizar
Fue a principios de este mismo año cuando la edad legal de jubilación ordinaria aumentó a los 66 años y 8 meses para aquellos trabajadores que hubieran cotizado menos de 38 años y tres meses. Y es que, a decir verdad, se endurecen los requisitos para retirarse definitivamente del mercado laboral y cobrar la pensión contributiva gestionada por la Seguridad Social. De hecho, se trata de un proceso que se estabilizará en 2027, año en el que se alcanzarán los 67 años por primera vez en España.
Para ponernos brevemente en contexto, este incremento responde a la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. En dicha norma se establece el aumento de la edad de jubilación gradualmente de los 65 a los 67 años. A todo ello que le suma que, a su vez, sube paulatinamente el número de años de cotización necesarios para recibir el 100% de la pensión.
Y es que, con una población cada vez más envejecida y una esperanza de vida en aumento, el número de jubilados supera progresivamente al de trabajadores activos que financian las pensiones mediante sus contribuciones. Este desequilibrio entre ingresos y gastos en la Seguridad Social pone en riesgo la capacidad del sistema para cubrir las prestaciones futuras.
¿Cuántos años tengo que tener cotizados para jubilarme en 2026?
Para aquellas personas que deseen jubilarse en 2026, la edad ordinaria de jubilación serán 66 años y diez meses en caso de que hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses, y de 65 años en caso de contar con 38 años y 3 meses o más de cotizaciones.
Otra alternativa: la jubilación voluntaria anticipada
La Seguridad Social da la opción de jubilarse hasta 24 meses antes de la edad legal ordinaria. Esto es lo que se conoce en nuestro país como la jubilación anticipada voluntaria, es decir, a partir de los 63 años. Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria es necesario haber cotizado un mínimo de 35 años, dos de los cuales deberán estar comprendidos en los últimos 15 años previos al acceso a la jubilación.
En concreto, deben ser previos a la fecha del hecho causante, que en el caso de trabajadores de alta es el día de cese en la empresa. Ahora bien, debe saber que la Seguridad Social aplica los correspondientes coeficientes reductores, que aumentan cada año.
¿Cuánto se cobra de pensión en 2025?
En 2025 las pensiones contributivas aumentan un 2,8% por norma general, acorde al IPC; mientras que las mínimas lo harán un 6%. En cambio, las no contributivas y el ingreso mínimo vital subirán un 9%, un aumento ligeramente superior al de las pensiones de viudedad con cargas familiares (9,1%).
Pensiones mínimas contributivas de jubilación
- La pensión mínima contributiva de jubilación para mayores de 65 años y sin cónyuge a cargo se establece en 12.241,60 euros; y se eleva a 15.786,40 euros en el caso de que sí que tengan cónyuge a cargo –11.620 por cónyuge no a cargo–.
- Los menores de 65 cobrarán un mínimo de 11.452 euros si no tienen cónyuge a cargo, 15.786,40 euros si lo tienen y 10.824,80 euros si tienen cónyuge no a cargo.
- Aquellos que tengan 65 años o más procedentes de gran invalidez cobrarán 23.678,20 euros si tienen cónyuge a cargo; 18.362,40 euros si no lo tienen; y 17.430 euros si se tiene un cónyuge no a cargo.
Incapacidad permanente
- Gran invalidez: con cónyuge a cargo 1.691,30 euros al mes (23.678,20 euros anuales); sin cónyuge son 1.311,60 euros mensuales (18.362,40 euros al año); y con cónyuge no a cargo 1.245 euros mensuales (17.430 euros anuales).
- Absoluta: con cónyuge a cargo la cuantía es de 1.127,60 euros al mes (15.786,40 euros al año); sin cónyuge, 874,40 euros al mes (12.241,60 euros al año); y con cónyuge no a cargo es de 830 euros al mes (11.620 euros al año).
- Total (titular con 65 años): con cónyuge a cargo la cuantía es de 1.127,60 euros al mes (15.786,40 euros al año); sin cónyuge, 874,40 euros al mes (12.241,60 euros al año); y con cónyuge no a cargo es de 830 euros al mes (11.620 euros al año).
- Total (titular con edad entre 60 y 64 años): con cónyuge a cargo la cuantía es de 1.127,60 euros al mes (15.786,40 euros al año), sin cónyuge es de 818 euros al mes (11.452 euros al año); mientras que con cónyuge no a cargo será de 773,20 euros al mes (10.824,80 euros al año).
- Total (derivada de enfermedad común para menores de 60 años): con cónyuge a cargo es de 644,60 euros al mes (9.024,40 euros al año); sin cónyuge la cuantía será también de 644,60 euros al mes (9.024,40 euros al año). En cambio, con cónyuge no a cargo, la pensión será de 639,10 euros al mes (8.947,40 euros al año).
- Parcial del régimen de accidentes de trabajo (titular con 65 años): con cónyuge a cargo este 2025 la cuantía ascenderá a 1.127,60 euros al mes (15.786,40 euros al año); sin cónyuge será de 874,40 euros al mes (12.241,60 euros al año); mientras que con cónyuge no a cargo, la pensión será de 830 euros al mes (11.620 euros al año).
Viudedad
- Titular con cargas familiares: 1.127,60 euros al mes (15.786,40 euros al año).
- Titular con 65 años o discapacidad igual o superior al 65%: 874,40 euros al mes (12.241,60 euros al año).
- Titular entre 60 y 64 años: 818 euros al mes (11.452 euros al año).
- Titular con menos de 60 años: 662,50 euros al mes (9.275 euros al año).
De orfandad
- Beneficiario único: en 2025 es de 793,80 euros mensuales (11.113,20 euros al año).
- Varios beneficiarios (a repartir): 1.338,12 euros mensuales (18.733,70 euros al año).
- Beneficiario menor de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65%: 525,78 euros mensuales (7.361 euros al año).
En favor de familiares
- Por beneficiario: 267,50 euros al mes (3.745 euros al año).
- Un sólo beneficiario con 65 años: 646 euros al mes (9.044 euros al año).
- Un sólo beneficiario menor de 65 años: 608,80 euros al mes (8.523,20 euros al año).
Pensiones mínimas no contributivas
La cuantía anual íntegra de las pensiones no contributivas en 2025 se establece en 7.905,80 euros anuales, lo que equivale a 564,70 euros al mes en 14 pagas. Esta cuantía se ha incrementado respecto al ejercicio previo cuando era de 7.250,60 euros al año, es decir, 517,90 mensuales.
Este importe y el número de beneficiarios en la unidad de convivencia determinarán la prestación que recibirá cada pensionista. La prestación no contributiva por hijo a cargo mayor de 18 años y con discapacidad superior al 65% es de 5.805,6 euros. La cantidad se elevará a 8.707,20 euros en el caso de que la discapacidad sea mayor o igual al 75%.