A qué edad me puedo jubilar en 2025 con 30 años cotizados
La edad de jubilación aumenta progresivamente cada año. Al menos, así será hasta 2027, cuando finalmente se estanque en los 67 años. Mientras tanto, aquellos trabajadores que quieran retirarse del mercado laboral español en 2025 deben saber que para jubilarse a los 65 años habrá que haber cotizado 38 años y tres meses o más. Ahora bien, ¿qué ocurre con 30 años cotizados? Es entonces cuando cambian las tornas.
Así queda la edad de jubilación con 30 años cotizados
En primer lugar, es de vital importancia saber que para tener derecho al cobro mensual de una pensión contributiva, los trabajadores deben alcanzar los 15 años de cotización. Una vez dicho esto, en el caso de que se hayan cotizado menos de 38 años y tres meses o menos, debe saber que se podrá jubilar en 2025 a los 66 años y ocho meses.
En cualquier caso, puede consultar las edades de jubilación y el período de cotización en la Disposición transitoria séptima según lo establecido en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
¿Cuál es la pensión que me corresponde?
Una vez dicho esto, queda claro que el interesado que haya cotizado durante 30 años sí tiene derecho a percibir una pensión contributiva, ahora bien, no alcanzará el importe máximo de la cuantía de la pensión al no llegar a los años cotizados que se exigen por ley para poder obtener la cantidad completa.
La Seguridad Social, en este caso, calcula el importe de la pensión de este caso sobre la base de una serie de variables. En 2025, esta se calcula tomando como referencia los últimos 25 años de cotización. La suma de las bases de cotización de esos 300 meses se divide entre 350.
- Las bases correspondientes a los dos últimos años se computan a valor nominal.
- Las bases anteriores a esos dos años se actualizan según el IPC acumulado.
Una vez calculada la base reguladora, que representa el 100% de la pensión potencial, se aplican porcentajes en función de los años cotizados, respetando siempre los límites fijados por la legislación vigente.
Porcentajes de la pensión de jubilación según los años cotizados
Para quienes han cotizado el periodo mínimo de 15 años, la pensión será equivalente al 50% de la base reguladora. A partir de este umbral, el porcentaje aumenta de forma gradual. Durante los primeros 49 meses adicionales, se suma un 0,21% mensual.
Posteriormente, a partir del mes 50, el incremento se reduce al 0,19% mensual. De este modo, para alcanzar el 100% de la base reguladora será necesario haber cotizado al menos 36 años y 6 meses.
- 15 años cotizados: 50% de la base reguladora
- 16 años cotizados: 52,52% de la base reguladora
- 17 años cotizados: 55,04% de la base reguladora
- 18 años cotizados: 57,56% de la base reguladora
- 19 años cotizados: 60,08% de la base reguladora
- 20 años cotizados: 62,38% de la base reguladora
- 21 años cotizados: 64,66% de la base reguladora
- 22 años cotizados: 66,94% de la base reguladora
- 23 años cotizados: 69,22% de la base reguladora
- 24 años cotizados: 71,50% de la base reguladora
- 25 años cotizados: 73,78% de la base reguladora
- 26 años cotizados: 76,06% de la base reguladora
- 27 años cotizados: 78,34% de la base reguladora
- 28 años cotizados: 70,62% de la base reguladora
- 29 años cotizados: 82,90% de la base reguladora
- 30 años cotizados: 85,18% de la base reguladora
- 31 años cotizados: 87,46% de la base reguladora
- 32 años cotizados: 89,47% de la base reguladora
- 33 años cotizados: 92,02% de la base reguladora
- 34 años cotizados: 94,30% de la base reguladora
- 35 años cotizados: 96,58% de la base reguladora
- 36,5 años cotizados: 100% de la base reguladora
¿Cuánto se cobra de pensión en 2025?
Este año de 2025 las pensiones contributivas aumentan un 2,8% por norma general, acorde al IPC; mientras que las mínimas lo harán un 6%. En cambio, las no contributivas y el ingreso mínimo vital subirán un 9%, un aumento ligeramente superior al de las pensiones de viudedad con cargas familiares (9,1%).
Pensiones mínimas contributivas de jubilación
- La pensión mínima contributiva de jubilación para mayores de 65 años y sin cónyuge a cargo se establece en 12.241,60 euros; y se eleva a 15.786,40 euros en el caso de que sí que tengan cónyuge a cargo –11.620 por cónyuge no a cargo–.
- Los menores de 65 cobrarán un mínimo de 11.452 euros si no tienen cónyuge a cargo, 15.786,40 euros si lo tienen y 10.824,80 euros si tienen cónyuge no a cargo.
- Aquellos que tengan 65 años o más procedentes de gran invalidez cobrarán 23.678,20 euros si tienen cónyuge a cargo; 18.362,40 euros si no lo tienen; y 17.430 euros si se tiene un cónyuge no a cargo.
Incapacidad permanente
- Gran invalidez: con cónyuge a cargo 1.691,30 euros al mes (23.678,20 euros anuales); sin cónyuge son 1.311,60 euros mensuales (18.362,40 euros al año); y con cónyuge no a cargo 1.245 euros mensuales (17.430 euros anuales).
- Absoluta: con cónyuge a cargo la cuantía es de 1.127,60 euros al mes (15.786,40 euros al año); sin cónyuge, 874,40 euros al mes (12.241,60 euros al año); y con cónyuge no a cargo es de 830 euros al mes (11.620 euros al año).
- Total (titular con 65 años): con cónyuge a cargo la cuantía es de 1.127,60 euros al mes (15.786,40 euros al año); sin cónyuge, 874,40 euros al mes (12.241,60 euros al año); y con cónyuge no a cargo es de 830 euros al mes (11.620 euros al año).
- Total (titular con edad entre 60 y 64 años): con cónyuge a cargo la cuantía es de 1.127,60 euros al mes (15.786,40 euros al año), sin cónyuge es de 818 euros al mes (11.452 euros al año); mientras que con cónyuge no a cargo será de 773,20 euros al mes (10.824,80 euros al año).
- Total (derivada de enfermedad común para menores de 60 años): con cónyuge a cargo es de 644,60 euros al mes (9.024,40 euros al año); sin cónyuge la cuantía será también de 644,60 euros al mes (9.024,40 euros al año). En cambio, con cónyuge no a cargo, la pensión será de 639,10 euros al mes (8.947,40 euros al año).
- Parcial del régimen de accidentes de trabajo (titular con 65 años): con cónyuge a cargo este 2025 la cuantía ascenderá a 1.127,60 euros al mes (15.786,40 euros al año); sin cónyuge será de 874,40 euros al mes (12.241,60 euros al año); mientras que con cónyuge no a cargo, la pensión será de 830 euros al mes (11.620 euros al año).
Viudedad
- Titular con cargas familiares: 1.127,60 euros al mes (15.786,40 euros al año).
- Titular con 65 años o discapacidad igual o superior al 65%: 874,40 euros al mes (12.241,60 euros al año).
- Titular entre 60 y 64 años: 818 euros al mes (11.452 euros al año).
- Titular con menos de 60 años: 662,50 euros al mes (9.275 euros al año).
Pensiones mínimas no contributivas
La cuantía anual íntegra de las pensiones no contributivas en 2025 se establece en 7.905,80 euros anuales, lo que equivale a 564,70 euros al mes en 14 pagas. Esta cuantía se ha incrementado respecto al ejercicio previo cuando era de 7.250,60 euros al año, es decir, 517,90 mensuales.
Este importe y el número de beneficiarios en la unidad de convivencia determinarán la prestación que recibirá cada pensionista. La prestación no contributiva por hijo a cargo mayor de 18 años y con discapacidad superior al 65% es de 5.805,6 euros. La cantidad se elevará a 8.707,20 euros en el caso de que la discapacidad sea mayor o igual al 75%.