Derechos humanos y reforma de pensiones: eliminación de la incompatibilidad entre la pensión de reparación y la PGU
Durante décadas, agrupaciones, víctimas y familiares de quienes fueron víctimas de desaparición forzada, ejecución política, prisión política, tortura o exoneración debieron enfrentarse a una injusticia profunda: la obligación de elegir entre dos derechos esenciales, la reparación por los crímenes sufridos o el acceso a una pensión social. Esta exclusión en el pilar solidario y ahora en la Pensión Garantizada Universal (PGU), no solo agravó la precariedad de muchas personas mayores, sino que contradijo el deber del Estado de garantizar una reparación integral y otorgar seguridad social.
Hoy, gracias a la reforma previsional impulsada por el gobierno del presidente Gabriel Boric y aprobada en el Congreso Nacional, avanzamos en corregir una injusticia histórica: eliminar la incompatibilidad práctica entre la pensión de reparación y la PGU. La eliminación del artículo 36 de la Ley 20.255 permitirá que las personas sobrevivientes y familiares de víctimas de violaciones a los derechos humanos accedan gradualmente a la PGU en su integridad.
En concreto, familiares de víctimas de desaparición forzada o ejecución política calificadas, sobrevivientes de prisión política o tortura calificados/as, o bien personas exoneradas calificadas, que tengan 82 años a septiembre del presente año, previa postulación en el Instituto de Previsión Social (IPS), pueden acceder íntegramente a la pensión de reparación y PGU. Consiguientemente, en el mismo sentido, en septiembre de 2026 quienes tengan 75 años o más, y en septiembre de 2027 quienes tengan 65 años, podrán acceder a ambas pensiones de manera íntegra. Este cambio legal corrige una deuda histórica y se alinea con una serie de medidas complementarias que hemos impulsado como Gobierno. Destaca, por ejemplo, la corrección administrativa del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, que permitió que las pensiones de reparación no sean contabilizadas como ingreso en la Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH), lo que facilita el acceso a otras prestaciones de seguridad social .
Pero lo más importante es lo que esto significa en la vida concreta de las personas: más autonomía económica, más acceso a servicios, más seguridad para las familias que llevan años esperando reconocimiento. Este avance es el resultado de una lucha constante de las organizaciones de derechos humanos y de la persistencia de los familiares. No se trata solo de cifras, sino de justicia, memoria y dignidad.
Desde la Subsecretaría de Derechos Humanos, nos hemos sumado a los esfuerzos de articulación social e intersectorial de la Subsecretaría de Previsión Social, el Instituto de Previsión Social (IPS), y distintas instituciones públicas para asegurar que esta información llegue a todos los rincones del país. Las víctimas y sus familias tienen derecho no solo a acceder a la PGU, sino también a recibir la información clara y oportuna que les permita ejercer este derecho.
Chile avanza cuando repara. Porque esta reforma no se trata solo de un cambio legal, sino de un acto de justicia y dignidad para quienes sufrieron delitos que atentan contra toda la humanidad.