En última sesión de la Suprema Corte se resolverá pleito Emilio Lozoya-Lourdes Mendoza
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) agendó resolver para su última sesión de existencia, el 13 de agosto, el caso de difamación por parte de Emilio Lozoya, exdirector de Pemex, a la periodista Lourdes Mendoza.
Dicho caso, radicado en la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez, aparece en el número uno de la lista de 56 asuntos que se resolverán ese día en la Sala.
Apenas el miércoles, en la última sesión de su existencia, por unanimidad, la Segunda Sala de la SCJN quitó el último obstáculo que puso Lozoya para que el caso se alargue.
Y es que desechó, por improcedente, un recurso con el que Lozoya quería que se declarara impedidos de conocer de este asunto a los ministros Gutiérrez Ortiz Mena (ponente) y Margarita Ríos Farjat.
Lo que resolverá la Primera Sala es el amparo directo en revisión 555/2024 con el que Lozoya busca que se revoque la sentencia de 5 de septiembre de 2022 dictada por la Novena Sala Civil de la Ciudad de México.
En esa sentencia, magistrados del TSJCDMX ratificaron la responsabilidad civil de Lozoya por daño moral, determinada por un juez, y amplió la sentencia no sólo a la indemnización, sino al pago de gastos y costos del juicio.
Al ser una sentencia reiterada por tres instancias, existen amplias posibilidades de que la Corte resuelva contra Lozoya y con ello se ponga punto final a este asunto.
El 11 de agosto de 2020, en una demanda penal ante la Fiscalía General de la Republica (FGR), Lozoya hizo señalamientos contra Lourdes Mendoza. La acusó de recibir sobornos a cambio de hablar bien de funcionarios federales.
Lozoya recordó una supuesta platica con Luis Videgaray, funcionario en el gobierno de Enrique Peña, quien le habría dicho que mantenía contentos a periodistas, como Lourdes Mendoza, “con cañonazos de 50 a 100 mil pesos mensuales”.
Derivado de ello, Mendoza demandó a Lozoya por daño moral, expediente que ha recorrido varias instancias hasta llegar a la SCJN.
El exdirector de Pemex afirma, que fue incorrecta la valoración de los juzgadores porque la referencia que hizo sobre la periodista fue en una denuncia penal, y que el daño moral causado no derivó de sus dichos ante el Ministerio Público, sino por su difusión, en lo que nada tuvo que ver.
Si por alguna razón de última hora el expediente se saca de la lista y no se resuelve, el caso será devuelto a la Secretaría General de Acuerdo y entonces sería la nueva integración de la SCJN, la que dicte la sentencia final de este caso.