Dos detenidos por empadronar a 50 extranjeros en cuatro domicilios donde no residían a cambio de sobornos
Agentes de la Policía Nacional han detenido en Bétera (Valencia) a dos hombres, de 66 y 73 años de edad, por empadronar a 50 extranjeros en domicilios donde no residían a cambio de sobornos de entre 150 y 300 euros por persona. Están siendo investigados como presuntos autores de los delitos de favorecimiento de la inmigración irregular y falsedad documental , tal como ha informado la Jefatura en un comunicado. En total, inscribieron en el censo municipal a 50 inmigrantes que se encontraban en situación irregular en España, y ocho consiguieron la residencia temporal , ya que todos empleaban el empadronamiento para intentar regularizar su situación. La investigación por parte de agentes de la Comisaría de Policía Nacional de Sagunt se inició tras ser alertados por la Policía Local de Bétera de que en el padrón municipal de dicha localidad había empadronados unos 50 ciudadanos de origen extranjero en cuatro domicilios del municipio. Los agentes de Policía Nacional, tras varias indagaciones, averiguaron también que los beneficiarios de los sobornos acompañaban a sus pagadores al padrón municipal de Bétera, realizaban entre ambos los trámites oportunos y el ciudadano extranjero fingía residir en el domicilio indicado, aunque no era cierto realmente. A raíz de esta investigación, se ha solicitado a subdelegación del Gobierno la revocación de las ocho residencias temporales obtenidas basándose en una falsa premisa. Los arrestados han sido puestos en libertad tras ser advertidos de la obligación legal de comparecer ante la autoridad judicial cuando sean requeridos. Desde la Policía Nacional se recuerda que consentir la inscripción de un extranjero en el padrón municipal por parte del titular de una vivienda habilitado para tal fin, con ánimo de lucro, cuando dicha vivienda no constituya el domicilio real del extranjero, supone una infracción muy grave a la Ley de Extranjería. Así como, inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo, siempre que el hecho no constituya delito, conforma también una infracción muy grave a dicha Ley, cuya sanción es una multa que puede ir desde 10.001 hasta 100.000 euros.