Aunque muchos lo desconozcan, no solo los conductores pueden ser sancionados . Los peatones, ciclistas y usuarios de patinetes eléctricos también deben respetar unas reglas, y su incumplimiento puede acarrear multas económicas importantes . Por ejemplo, y en primer lugar, el peatón es la figura más vulnerable en el tráfico, pero eso no lo exime de responsabilidad. Cruzar con el semáforo en rojo o fuera del paso habilitado: la multa puede alcanzar los 100 euros. Además, estas conductas no solo ponen en riesgo la vida del propio peatón, sino que pueden provocar un accidente grave, desde un atropello hasta un choque entre vehículos que intenten esquivarlo de manera brusca. Transitar por vías prohibidas (autovías o autopistas): sanción de hasta 200 euros. Y negarse a someterse a una prueba de alcoholemia tras un accidente: la sanción asciende a 1.000 euros. Por su parte, circular en bicicleta exige cumplir con las mismas normas de tráfico que los vehículos a motor. Algunas de las infracciones más comunes son saltarse un semáforo en rojo o un stop: la sanción ronda los 200 euros. No llevar casco cuando es obligatorio (menores de 16 en ciudad y todos en vías interurbanas): multas de 200 euros. Circular de noche sin luces ni elementos reflectantes: sanción de 200 euros. E ir con auriculares o utilizando el móvil: multas de hasta 200 euros. Por último, los patinetes eléctricos (Vehículos de Movilidad Personal) están sujetos a regulación específica. Circular por aceras o zonas peatonales: multa de 200 euros. Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas: entre 500 y 1.000 euros, según la tasa detectada. Usar el móvil o llevar auriculares mientras se conduce: sanciones de 200 euros. No contar con iluminación adecuada o elementos reflectantes en horario nocturno: 200 euros. Y no llevar casco cuando lo exigen las ordenanzas municipales: 200 euros. Además de estas circunstancias, también deberemos tener en cuenta que aunque no dispongamos de carné de conducir nos pueden poner una multa si nos ponemos al volante de un vehículo. Ponerse al volante sin la debida autorización legal expone a los conductores a consecuencias mucho más graves que una simple sanción económica. La ley de tráfico en España establece que la falta de carné de conducir, en ciertas circunstancias, no es solo una infracción administrativa, sino un delito penal contra la seguridad vial. En España, el exceso de velocidad es una de las infracciones de tráfico más comunes, con más de 10.000 denuncias diarias y un total que superó los 3,5 millones de multas impuestas por la DGT en 2024. Fallos en la aplicación de los márgenes de error de los radares, deficiencias en las pruebas y errores formales en los expedientes son las principales causas de anulación, según expertos jurídicos. Además de las sanciones por exceso de velocidad, muchas otras multas de tráfico son objeto de recurso y, en un número significativo de casos, terminan siendo anuladas. Los conductores a menudo desconocen los detalles que pueden invalidar una multa, lo que lleva a pagar sanciones que podrían haberse evitado. A pesar de la sofisticación tecnológica, los sistemas de control de velocidad no son infalibles. El motivo más frecuente de anulación en los juzgados es la incorrecta aplicación del margen de error del radar, una exigencia legal que a menudo se incumple. Datos de Pyramid Consulting de los últimos cinco años revelan que el 43% de las sentencias favorables a los conductores se deben a errores en la medición de velocidad. Además de los problemas técnicos, los fallos en la tramitación del expediente sancionador son otra causa importante de nulidad. La Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común establece que un acto administrativo puede ser nulo o anulable si no cumple con los requisitos formales esenciales. «Nos encontramos con resoluciones sin motivación, notificaciones mal gestionadas o procedimientos viciados desde el inicio. En todos estos casos, el recurso tiene posibilidades de prosperar», afirma el abogado Víctor Martín.