Cambios en la velocidad máxima y otras reglas de tránsito son oficializadas por el MTC: estas son las nuevas disposiciones en 2026
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) oficializó modificaciones al Reglamento Nacional de Tránsito en Perú mediante el Decreto Supremo N.º 011-2026-MTC, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y optimizar el control en las vías a nivel nacional. La actualización incorpora nuevas disposiciones sobre control de velocidad, sanciones e implementación de tecnología para fiscalización.
La norma introduce cambios en distintos artículos del reglamento vigente, además de nuevas infracciones aplicables a conductores. También establece lineamientos para reforzar la labor de la Policía Nacional del Perú en el control del tránsito, a través de planificación anual y herramientas que permitan una supervisión más precisa.
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Nuevo margen de tolerancia en control de velocidad
Entre las principales medidas, se establece un margen de tolerancia de hasta diez km/h por encima de la velocidad máxima permitida cuando la infracción sea detectada únicamente mediante sistemas tecnológicos de monitoreo inalámbrico con geolocalización. Esta disposición aplica a vehículos destinados al transporte terrestre.
El MTC también definirá las características técnicas de estos sistemas para asegurar su correcto funcionamiento y evitar errores en la medición. Con ello, se busca que las sanciones se basen en registros confiables y verificables.
Modificaciones en infracciones y proceso sancionador
La actualización incluye cambios en diversas infracciones del reglamento, así como nuevas obligaciones para los conductores, como respetar las señales de altura máxima para prevenir daños a la infraestructura vial. El incumplimiento de estas normas será sancionado según los códigos establecidos.
En cuanto al procedimiento sancionador, se dispone que, si el conductor no paga la multa o no presenta descargos dentro de un plazo de cinco días hábiles, la autoridad correspondiente emitirá la resolución de sanción. Asimismo, se mantiene la posibilidad de interponer recursos administrativos conforme a la normativa vigente.
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