INA advierte a funcionarios que solo los voceros pueden hablar en nombre de la institución
El Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) estableció lineamientos para regular quiénes pueden hablar oficialmente en nombre de la institución y cómo deben atenderse las solicitudes de los medios de comunicación. El documento fue firmado por la gerente general del INA, Paula Valenciano Campos.
Las disposiciones, de acatamiento obligatorio para las personas funcionarias, quedaron establecidas en una circular de la gerencia general fechada el 5 de junio del 2026.
Según la institución, las medidas buscan mantener claridad en la comunicación y evitar que declaraciones de funcionarios se interpreten como una posición oficial del INA cuando no cuentan con autorización.
“Resulta indispensable distinguir entre la expresión de opiniones a título personal y la vocería institucional, la cual implica la representación oficial de la posición del INA ante la opinión pública”.
“Esta diferenciación es esencial para garantizar claridad en la comunicación, evitar interpretaciones erróneas y prevenir posibles afectaciones en la relación con los distintos públicos de interés de la Institución”, señala el lineamiento.
La circular establece que la definición y autorización de las vocerías institucionales corresponde exclusivamente a tres instancias: la presidencia ejecutiva, la gerencia general y la asesoría de comunicación.
La potestad recae en la persona titular de cada una de esas dependencias. De acuerdo con el documento, ningún otro funcionario puede autodesignarse ni actuar como vocero institucional sin autorización expresa.
Toda solicitud de entrevista, declaración, información o participación en un espacio mediático deberá comunicarse de inmediato a la Asesoría de Comunicación del INA, por medio de los canales institucionales.
Esa dependencia tendrá a su cargo recibir y registrar las solicitudes, evaluar su naturaleza, coordinar aspectos operativos y canalizar cada gestión para su respectiva validación.
Cuando un medio solicite información institucional o administrativa, pronunciamientos públicos o asuntos de carácter político, la petición deberá remitirse a la presidencia ejecutiva o la gerencia general para su decisión y autorización. Estas instancias también podrán designar formalmente a otra persona.
En asuntos técnicos, la Asesoría de Comunicación deberá coordinar la validación de la información con el centro de formación o núcleo correspondiente antes de divulgarla.
INA establece validación previa para declaraciones oficiales
Las declaraciones que comuniquen decisiones, suministren información institucional o establezcan una posición en nombre del INA solo podrán provenir de personas debidamente autorizadas, según las nuevas reglas.
Además, cualquier declaración de ese tipo deberá recibir previamente la validación institucional correspondiente, de acuerdo con la naturaleza del asunto.
El documento también aborda la libertad de expresión de los trabajadores. El INA reconoce que sus funcionarios mantienen ese derecho constitucional cuando expresan opiniones a título personal.
Sin embargo, la institución señala que ese derecho no permite emitir declaraciones en nombre del INA ni atribuirle posiciones oficiales sin autorización previa.
La circular fue firmada por Valenciano, quien solicitó a todas las dependencias cumplir los lineamientos.
