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El primer borrador de los amparos de la amnistía reactivará la división en el TC

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Tras la fractura interna que dejó el aval del Tribunal Constitucional (TC) a la Ley de Amnistía en junio del pasado año –los seis magistrados progresistas respaldaron la medida de gracia mientras los cuatro jueces conservadores votaron en contra–, la corte de garantías se prepara para reeditar esa división a la vuelta de las vacaciones. Sobre la mesa, el primero de los recursos de amparo de los condenados por el «procés», el del exconseller Jordi Turull, cuya resolución marcará el camino, por aplicación de doctrina, para las demandas de amparo del resto de condenados y, también, de los procesados huidos, encabezados por el expresident Carles Puigdemont.

Esa ponencia, que el Pleno abordará a partir del 22 de septiembre, corresponde al magistrado José María Macías, y teniendo en cuenta su posicionamiento en los conflictos entre ambos tribunales todo apunta a que el borrador de sentencia se inclinará por la desestimación del recurso al considerar una cuestión de legalidad ordinaria la interpretación del Tribunal Supremo de la malversación del «procés», que equipara con un enriquecimiento patrimonial (al no haber pagado de su bolsillo el proceso independentista, sino de las arcas públicas), supuesto expresamente excluido del ámbito de aplicación de la medida de gracia en la propia Ley de Amnistía.

Macías no formaba parte del TC cuando la corte de garantías anuló las condenas por el millonario fraude de los ERE –entre ellas a los expresidentes socialistas de Andalucía José Antonio Griñán y Manuel Chaves–, pues se incorporó un mes más tarde. Sin embargo, tanto en diversos votos particulares como en sus manifestaciones públicas el exvocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha dejado clara su postura al respecto.

"No puede desbancar la posición del Tribunal Supremo"

Así, en una entrevista en LA RAZÓN nada más ser designado magistrado del Tribunal Constitucional en agosto de 2024, Macías hizo hincapié en que el TC «no puede desbancar la posición del Tribunal Supremo» como cúspide de la magistratura en nuestro país.

Preguntado precisamente por la decisión del TC de anular las condenas de los ERE, afirmó al respecto que «una decisión de un Tribunal Constitucional que deja sin efecto una decisión que a su vez ha adoptado el Poder Judicial, el Tribunal Supremo, necesariamente abona la controversia», planteando, según puso de manifiesto «una situación de controversia y un problema de límites con el que hay que ser tremendamente cuidadoso».

Macías incidió en que, con el artículo 123 de la Constitución en la mano, «quien culmina la organización judicial superior en todos los órdenes es el Tribunal Supremo, sin perjuicio de la función del Tribunal Constitucional en garantía de la propia Constitución». «El Tribunal Supremo sigue siendo el órgano superior en todos los órdenes», destacaba antes de asegurar que «lo que no puede hacer el Tribunal Constitucional es desbancar esa posición del Tribunal Supremo sin poner en entredicho ese artículo 123».

La decisión del Pleno

«El TC tiene una composición política, se designa políticamente», argumentó, «y a un órgano de designación política se le está dando la facultad de dejar sin efecto el poder que está llamado a controlar a los políticos. Eso exige ser muy cuidadoso con los límites».

Según las fuentes consultadas si, como parece, esa ponencia cierra filas con el Tribunal Supremo al negar que el Constitucional pueda actuar como una tercera instancia para enmendar una decisión jurisdiccional, y la mayoría progresista rechaza esas conclusiones, las posibilidades que se abren son varias. Por un lado, que Macías asuma la posición de la mayoría del TC y redacte un fallo en ese sentido sin hacer voto particular. Por otro, que lo haga dejando por escrito sus discrepancias redactando un voto discordante. Y, por otro, que renuncie a la ponencia y asume la redacción de la resolución un magistrado de la mayoría que se encargaría de plasmar las conclusiones del sector progresista.

A diferencia de lo que sucedió con las deliberaciones sobre la Ley de Amnistía –cuando el propio Macías fue apartado del procedimiento y el exministro de Justicia Juan Carlos Campo se echó a un lado por haberse mostrado contrario a la medida en la tramitación de la ley–, el Pleno decidirá ahora sobre los amparos con su composición de doce magistrados al completo. Sin embargo, no es previsible que Campo no vote en el mismo sentido que sus compañeros progresistas en respaldo a los amparos, lo que supondría un empate a seis que obligaría a Conde-Pumpido a decidir con su voto de calidad. Un escenario que prefiere evitar el presidente del TC, porque la sombra del aval a la expropiación de Rumasa por parte del Gobierno de Felipe González en 1983 con el voto decisivo del entonces presidente del Constitucional Manuel García Pelayo es aún demasiado alargada.

Tras el visto bueno de la Justicia europea, una vez el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha descartado que la Ley de Amnistía choque con el derecho comunitario, la decisión sobre esos amparos del tribunal que preside Cándido Conde-Pumpido será el penúltimo paso para un posible regreso de Puigdemont y para aplicar la amnistía a todos los recurrentes. Tribunal Supremo mediante, pues serán el tribunal del «procés» y el instructor de la causa, el magistrado Pablo Llarena, los que tengan la última palabra si, como todo apunta, esas demandas de amparo son finalmente estimadas por el máximo garante de la Constitución.

El regreso de Puigdemont

Con el respaldo del TJUE y del Tribunal Constitucional, el juez Llarena tendrá en todo caso complicado mantener las medidas cautelares contra Puigdemont. Según las fuentes consultadas, si los amparos se consuman, todo apunta a que el magistrado dejará sin efecto la orden nacional de detención y prisión contra el expresident, lo que abriría la puerta a su regreso a España. ¿En qué situación procesal? Todo dependerá del posicionamiento que adopte el tribunal del «procés» tras analizar la sentencia del TC. Si se opta por plantear una cuestión prejudicial ante la corte de Luxemburgo, la aplicación de la amnistía tanto a los condenados como a los huidos quedaría de nuevo en compás de espera. Y si, por contra, el Tribunal Supremo claudicará y rectificase su negativa a amnistiar la malversación, no solo se archivaría el procedimiento respecto a Puigdemont y el resto de huidos, sino que también quedarían sin efecto las penas de inhabilitación que todavía pesan sobre Oriol Junqueras y el resto de condenados, que les impiden concurrir a unas elecciones (el indulto del Gobierno anuló sus penas de prisión, pero las de inhabilitación siguen vigentes).

En todo caso, las fuentes consultadas se muestran muy escépticas respecto a la posibilidad de que, con una sentencia del TC favorable a los intereses independentistas y tras el aval de la Justicia europea, el Supremo opte por acudir al TJUE una vez este ya ha dejado claro que el proceso soberanista no afectó a los intereses financieros de la Unión Europea.

Así, si todas esas premisas apuntan en la dirección correcta, el regreso de Puigdemont podría ser un hecho el próximo otoño, o como muy tarde antes de final de año, coincidiendo con los nueve años de su huida de España en 2017.




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