Despiden a un trabajador por usar de manera fraudulenta descuentos en su empresa: indemnizado con 12.500 euros
La desconfianza puede convertirse en uno de los elementos más dañinos dentro de una relación laboral. Cuando una empresa empieza a sospechar de la conducta de uno de sus trabajadores, una operación aparentemente cotidiana puede adquirir una dimensión completamente distinta. Lo que inicialmente puede ser una comprobación interna termina, en algunos casos, con la apertura de un expediente disciplinario y con una ruptura definitiva de la relación entre ambas partes. En este tipo de situaciones, la percepción de pérdida de confianza suele ser el detonante que marca el inicio de un conflicto laboral de gran alcance.
Estos conflictos suelen comenzar cuando la empresa considera que existe un incumplimiento de las normas internas, especialmente cuando están en juego beneficios destinados a los empleados, sistemas de descuentos o ventajas vinculadas a la condición de trabajador. La sospecha da paso a una investigación, la investigación a un expediente disciplinario y, cuando la compañía considera que los hechos revisten suficiente gravedad, al despido.
Sin embargo, que una empresa considere irregular una conducta no significa necesariamente que el despido vaya a ser considerado procedente por un tribunal. La proporcionalidad de la sanción y la manera en que la compañía ha actuado frente a comportamientos similares pueden resultar determinantes. En muchos casos, la clave no está solo en el hecho investigado, sino en cómo se ha gestionado internamente.
Un trabajador es despedido por aprovecharse de descuentos en su empresa
Ese es precisamente el caso de un trabajador asturiano despedido tras ser acusado de usar de forma fraudulenta el sistema de descuentos de su empresa. Con seis años de antigüedad y sin antecedentes disciplinarios, el empleado estaba sujeto a un convenio que permitía un 30% de descuento con un límite de 200 euros mensuales. La empresa sostuvo que había utilizado la cuenta de un compañero de baja médica para realizar compras con ese beneficio. El conflicto se centró en la utilización indebida de ese sistema y en la supuesta vulneración de las normas internas de la compañía.
La investigación se inició a finales de marzo de 2025, cuando un encargado contactó con el trabajador de baja y este negó haber realizado compras recientes. La revisión interna reveló dos operaciones, una de 2.122,09 euros y otra de 2.204,33 euros, asociadas a su cuenta. Ese mismo día, el trabajador de baja certificó por escrito que no había efectuado esas compras. La empresa abrió expediente disciplinario, escuchó al trabajador investigado, que negó los hechos, y finalmente ejecutó el despido el 22 de abril de 2025. Durante este proceso, la compañía mantuvo la acusación de uso fraudulento del sistema de descuentos y consideró que la conducta justificaba la máxima sanción.
La Justicia lo declara improcedente con indemnización
El caso llegó al Tribunal de Instancia de Oviedo y posteriormente al Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que declaró el despido improcedente. El TSJA consideró clave que al menos otros tres empleados habían accedido a la misma cuenta del trabajador de baja, sin que la empresa justificara por qué solo uno fue sancionado con el despido. También valoró la trayectoria laboral del empleado y la ausencia de antecedentes disciplinarios. El tribunal subrayó además la falta de coherencia en la respuesta disciplinaria de la empresa frente a situaciones similares dentro de la plantilla.
Como resultado, la empresa fue condenada a readmitir al trabajador o a indemnizarlo con 12.498,75 euros. La resolución subraya que la clave del caso no fue solo la conducta investigada, sino la falta de coherencia en la respuesta disciplinaria y la comparación con otros trabajadores en situaciones similares. El fallo pone de relieve que la proporcionalidad de la sanción y la igualdad de trato dentro de la empresa pueden ser determinantes a la hora de validar o anular un despido disciplinario.
