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Dos años de diferencia en la jubilación: tener 38 años y 6 meses cotizados marcará la edad a la que podrás retirarte desde 2027

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Cambia la edad ordinaria de jubilación para los trabajadores españoles, especialmente para aquellos cuya carrera laboral sea de menos de 38 años y 6 meses. A partir de 2027, aquellos que quieran solicitar su pensión sin recibir una penalización por jubilación anticipada deberán esperar hasta los 67 años, según exigirá la Seguridad Social.

Aunque el periodo mínimo cotizado para poder recibir la pensión contributiva de jubilación establecido por la entidad pública es de 15 años, con al menos dos de ellos dentro de los 15 años anteriores a esta, los trabajadores que la soliciten solamente tendrán derecho a un 50% de su base reguladora. En caso de querer recibir el 100%, este periodo de tiempo deberá ser considerablemente superior.

En 2026, la edad ordinaria de jubilación está establecida en 65 años, para aquellos que hayan cotizado 38 años y 3 meses o más; y en 66 años y 10 meses, para aquellos que hayan acumulado menos de dicha cifra. Sin embargo, a partir de 2027 la edad necesaria aumentará, siguiendo una tendencia que ya se ha podido ir observando a lo largo de los años.

Esta será la edad ordinaria de jubilación y la mínima para hacerlo de forma anticipada en 2027

Según lo establecido en el portal digital de la Seguridad Social, la edad ordinaria de jubilación para 2027 será de 65 años, siempre que se haya cotizado durante un tiempo igual o superior a los 38 años y 6 meses; y de 67 años para aquellos que no alcancen dicha cifra. Una tendencia al alza que empezó a notarse a partir de 2013, cuando la edad máxima estaba establecida en 65 años y 1 mes para aquellos que hubieran cotizado menos de 35 años y 3 meses.

Cabe tener en cuenta la posibilidad de solicitar la jubilación anticipada de manera voluntaria, siempre y cuando se tenga una edad inferior en dos años, como máximo, de la edad ordinaria exigida para cada caso particular y se cuente con 35 años cotizados. Por lo que, a partir del año que viene, la edad mínima general para poder acceder será de 65 años si se ha cotizado menos de 38 años y 6 meses; y de 63 años, si ya se ha alcanzado dicho mínimo.

Mientras que en el caso de que sea no voluntaria, la Seguridad Social establece una edad inferior máxima de cuatro años y 33 años cotizados. Según estos requisitos, la edad mínima para el año 2027 sería de 63 años, para quienes no cumplan con el tiempo mínimo cotizado para la edad ordinaria; y de 61 años para quienes hayan cotizado 38 años y 6 meses o más. Aunque deberán haber estado inscritos en la oficina de empleo como demandantes de empleo durante, al menos, los 6 meses anteriores a la solicitud.

Así quedarán reducidas las pensiones en caso de solicitar la jubilación anticipada voluntaria

Sin embargo, cabe tener en cuenta que aquellos que hayan solicitado la jubilación anticipada no recibirán el 100% de su base reguladora, sino que tendrán que hacer frente a coeficientes reductores de la pensión. Estos se calculan en base al tiempo cotizado y al número de meses que se vaya a adelantar el retiro.

El mejor porcentaje de reducción lo tendrán aquellos que tengan 44 años y 6 meses cotizados o más, con una reducción del 13% en caso de adelantar 24 meses su jubilación; del 4,75%, en caso de 12 meses; y del 3,45% en 6 meses. Mientras que aquellos que no alcancen los 38 años y 6 meses tendrán una reducción del 21% si lo adelantan 24 meses; del 5,5%, si lo hacen 12 meses antes; y del 4%, si lo solicitan con 6 meses de anterioridad a la edad establecida.

Unos porcentajes que pueden reducir notablemente la cantidad que se vaya a recibir de manera mensual. Es por ello que los abogados laboralistas recomiendan otra serie de alternativas para evitar perjudicar los beneficios económicos en caso de quedar desempleado o solicitar la baja voluntaria.

Cómo seguir cotizando sin trabajar, según un abogado laboralista

Una de las maneras más efectivas, según explica el letrado especializado en derecho laboral, Ignacio Solsona, en el canal de YouTube Laboroteca, es llegar a un acuerdo especial con la Tesorería General de la Seguridad Social. Este es un acuerdo voluntario mediante el cual el trabajador acepta pagar una serie de cuotas durante un periodo de tiempo para generar, mantener o ampliar el derecho a prestaciones.

Gracias a este acuerdo, el empleado podrá seguir cotizando a pesar de no encontrarse trabajando o de haber agotado su prestación por desempleo y no poder solicitarla de nuevo. Y, aunque supone un gasto, el letrado asegura que "habitualmente, es más barato y económico pagar un convenio especial durante un período de tiempo que retrasar la jubilación de los 65 hasta los 67 años" o, incluso, solicitar la jubilación anticipada.

Por ello, lo más recomendable para aquellos que quieran disfrutar del 100% de su pensión de jubilación a partir de 2027 es planificar su carrera laboral teniendo en cuenta tanto la edad ordinaria como el tiempo mínimo de cotización requerida, así como las alternativas a las que recurrir en caso de quedar desempleado o verse obligado a presentar una baja voluntaria pocos años antes de poder retirarse.




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