Bicicletas, motos y patinetes: las nuevas normas de tráfico que entran en vigor el 1 de octubre de 2026
Los usuarios de patinete eléctrico, ciclistas, motoristas y otros usuarios vulnerables de las vías tendrán que cumplir nuevas normas de circulación a partir del próximo 1 de octubre. La reforma del Reglamento General de Circulación introduce cambios relacionados con la seguridad vial y establece nuevas obligaciones para distintos colectivos. La información sobre estas novedades, recogida por Servimedia, afecta especialmente a los llamados usuarios vulnerables de la vía, una categoría que la normativa define por primera vez y que incluye a quienes, por el medio de desplazamiento que utilizan o por su edad, tienen un mayor riesgo de sufrir lesiones o de que estas sean más graves en caso de accidente.
Aunque la mayor parte de las medidas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026, algunas tendrán que esperar hasta 2027. Es el caso del alumbrado obligatorio para los vehículos de movilidad personal y del casco homologado para los usuarios de ciclomotor, que serán exigibles desde el 1 de octubre de 2027.
A continuación, te detallamos de forma clara cómo afecta la nueva regulación a cada tipo de vehículo, las sanciones previstas y el calendario oficial de aplicación.
Patinetes eléctricos y VMP: edad mínima y casco obligatorio
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), entre ellos los populares patinetes eléctricos, incluyen algunos de los cambios más estrictos de la reforma aprobada por la DGT para poner freno a los accidentes en entornos urbanos:
- Edad mínima de 15 años: será necesario tener al menos 15 años para conducir un patinete eléctrico u otro VMP.
- Equipamiento de seguridad: el uso del casco pasa a ser obligatorio para todos los usuarios. Además, se exigirá el uso de chaleco reflectante en horario nocturno o en condiciones de escasa visibilidad.
- Exigencias a los 'riders': los conductores profesionales de reparto que empleen patinete deberán llevar casco y chaleco reflectante en todo momento. Incumplir esta norma supondrá una infracción grave sancionada con 200 euros de multa.
- Circulación fuera de la ciudad: queda prohibida su circulación por carreteras convencionales. Únicamente podrán transitar fuera de los núcleos urbanos por vías segregadas del tráfico a motor, como los carriles bici interurbanos.
Bicicletas: casco obligatorio en carretera y distancias de seguridad
La reforma también introduce cambios para los ciclistas, especialmente en las vías interurbanas:- Casco obligatorio en carretera: todos los ciclistas deberán llevar casco en las vías interurbanas, ya que se eliminan las exenciones existentes por determinadas circunstancias, como el calor extremo o las pendientes ascendentes prolongadas.
- Riders en bicicleta: deberán equipar obligatoriamente casco y chaleco reflectante a cualquier hora del día. No hacerlo supondrá una multa de 200 euros.
- Adelantamientos en carretera: del conductor de un vehículo a motor que pretenda adelantar a una bicicleta deberá reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite máximo fijado para la vía. Si la carretera dispone de más de un carril por sentido, será obligatorio realizar un cambio completo de carril.
- Nuevas normas urbanas: las bicicletas circularán preferentemente por el centro del carril. Los coches deberán mantener una distancia de seguridad trasera mínima de 5 metros respecto a la bicicleta que les preceda.
- En vías urbanas de un solo carril limitadas a 30 km/h, se contempla la posibilidad de que los ayuntamientos permitan la circulación de bicicletas en sentido contrario al tráfico.
Motos y ciclomotores: guantes en carretera, calzado cerrado y arcén en atascos
- Equipamiento obligatorio: Se establece el uso obligatorio de guantes de protección en carretera y de calzado cerrado en todo tipo de vías. No cumplir esta norma constituirá una infracción grave castigada con 200 euros de multa. Las especificaciones técnicas de los guantes homologados quedarán fijadas tras la publicación de la correspondiente orden ministerial.
- Uso del arcén en retenciones: Se autoriza legalmente a los motoristas a circular por el arcén derecho en tramos de atasco, a una velocidad máxima de 30 km/h.
- Obligación para riders en moto: Los repartidores en motocicleta deberán llevar puesto el chaleco reflectante en todo momento (multa de 200 euros).
Cinturón de seguridad obligatorio en ciudad para taxistas y repartidores
Se eliminan las exenciones históricas del uso del cinturón de seguridad en tramos urbanos. Estarán obligados a llevarlo puesto en todo momento:
- Taxistas en servicio.
- Repartidores de mercancías durante sus labores de carga y descarga.
- Profesores de autoescuela durante el desarrollo de las clases.
- Quedan exentos exclusivamente los pasajeros de ambulancias asistenciales que requieran prestar atención técnico-sanitaria durante el traslado.
Maniobras con vehículos averiados y circulación con nieve
La norma regula la actuación en situaciones imprevistas o de emergencia en carretera:
- Vehículos inmovilizados por avería o emergencia: para adelantar a un vehículo parado en la calzada o arcén (incluidos servicios de auxilio o mantenimiento), será obligatorio dejar una distancia lateral de seguridad de 1,5 metros (pudiendo invadir el carril contrario) y reducir la velocidad en 20 km/h.
- Protocolo de nieve en autopistas: con la calzada nevada, queda prohibido adelantar. Todos los vehículos deberán circular por el carril derecho para mantener libre el carril izquierdo para máquinas quitanieves y servicios de emergencia.
- Pasillo de emergencia en retenciones: en atascos en autovías y autopistas, los vehículos deberán escorarse hacia los márgenes de su carril para abrir un espacio central de paso a las fuerzas de seguridad y emergencias.
Regulaciones específicas en zona urbana
- Semáforos de peatones: se prohíbe que la luz ámbar intermitente para vehículos coincida con la fase de luz verde para los peatones en los pasos regulados.
- Estacionamiento de autocaravanas: se unifican los criterios de aparcamiento. Las autocaravanas solo podrán apoyarse sobre sus neumáticos (sin desplegar estabilizadores ni elementos que sobresalgan del perímetro) y no podrán verter fluidos a la vía pública.
- Caminos escolares seguros: estas vías adaptadas obtienen por primera vez reconocimiento jurídico como zonas protegidas para garantizar los accesos a pie o en medios no motorizados a los centros educativos.
Calendario de entrada en vigor de la normativa
La mayoría de los cambios del Reglamento General de Circulación comenzarán a aplicarse el 1 de octubre de 2026.
- 1 de octubre de 2026: entrarán en vigor, entre otras medidas, la edad mínima de 15 años para conducir patinetes, el casco obligatorio para los usuarios de VMP, el chaleco reflectante en determinadas circunstancias, las nuevas obligaciones para motoristas y ciclistas y el cinturón de seguridad para determinados profesionales en ciudad.
- 1 de octubre de 2027: comenzarán a aplicarse las dos medidas que quedan aplazadas: el alumbrado obligatorio de los vehículos de movilidad personal y la obligación de utilizar cascos homologados en los ciclomotores.
