Claves de los avales ICO aprobados por el Gobierno para jóvenes y familias: plazos y condiciones
El Ejecutivo calcula que esta línea de 2.500 millones de euros beneficiará a 50.000 personas para que puedan financiar la compra de una primera vivienda.
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El Gobierno ha aprobado este martes 13 de febrero una línea de 2.500 millones de euros en avales para la compra de la primera vivienda a jóvenes menores de 35 años y a familias con menores a su cargo.
Este acuerdo firmado con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) fija las condiciones para solicitar estos avales, según ha explicado la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, que calculan que beneficiarán “a más de 50.000 personas”.
- Qué plazos hay. El plazo para formalizar los préstamos que se acojan a esta línea de avales terminará el 31 de diciembre de 2025 y el convenio, pendiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), contempla una prórroga de dos años del plazo.
Asociaciones como Facua rechazan que los avales para la compra de vivienda aprobados por el Gobierno sean una buena medida. Desde la organización de consumidores aseguran que “solo beneficia a la banca” y señalan que “estos avales corren el riesgo de terminar siendo absorbidos por los promotores”, de manera que los consumidores “no verán una bajada del precio, e incluso terminarán afrontando aún más subidas”.
En qué consisten los avales ICO aprobados por el Gobierno
Los avales aprobados por el Gobierno serán gestionados por el ICO y serán las entidades financieras las que se podrán adherir a esta línea. Según explican desde el Ministerio, el préstamo se formalizará mediante un contrato entre la entidad de crédito y los adquirentes.
De forma general, el ICO avalará hasta el 20% del importe del crédito para adquirir un inmueble, salvo que la vivienda adquirida disponga de una calificación energética D o superior, en cuyo caso se podrá avalar hasta el 25%, y el plazo del aval será de un máximo de 10 años desde que se formalice la operación
Durante ese plazo, la vivienda deberá ser la residencia habitual de la persona avalada y solo podrá alquilarse en circunstancias que exijan el cambio de vivienda, como matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral u obtención de un empleo más ventajoso, entre otras.
Asimismo, el convenio entre el ICO y el Ministerio fijará un límite máximo de precio de venta o tasación de la vivienda, que puede variar en función del ámbito territorial.
Quién puede solicitar los avales
Podrán optar a estos avales. aprobados por el Gobierno, las personas físicas y mayores de edad, con residencia legal en España, que acrediten que han residido en el país de manera continua e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud del préstamo.
Además, los ingresos individuales no pueden superar los 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM) y si la vivienda es adquirida por dos personas, el límite de ingresos se doblará. Estos límites también cambian en función del número de hijos y se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520 euros brutos anuales) por cada menor a cargo.
Por otro lado, el avalado no puede disponer de un patrimonio superior a los 100.000 euros ni podrán acogerse a esta línea de avales quienes ya sean propietarios de otra vivienda. Aunque también hay ciertas excepciones, como aquellas personas que, siendo titulares de una vivienda, acrediten no disponer de la misma por separación o divorcio, por ejemplo, o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad de quien la habita.
Fuentes
Ministeriode Vivienda y Agenda Urbana