Inmunidad parlamentaria, aforamiento e inviolabilidad: estos son los privilegios de los eurodiputados
Los diputados que forman parte del Parlamento Europeo gozan de ciertas prerrogativas, como el aforamiento, que se estipulan en el Protocolo de privilegios e inmunidades de la Unión Europea de 1965. Así lo recoge el artículo 6.2 del Acta electoral y el artículo 5 del reglamento interno del organismo.
¿Cuáles son los privilegios de los europarlamentarios? Según el artículo 8 y 9 del protocolo:
- Inmunidad en su Estado miembro. “Mientras el Parlamento Europeo esté en período de sesiones, sus diputados gozarán, en su territorio nacional, de las inmunidades reconocidas a los diputados del Parlamento de su Estado”. Para el caso de España, la inmunidad de los eurodiputados en el Parlamento Europeo se equipara con el aforamiento, un privilegio constitucional por el cual las causas penales de diputados, senadores y miembros del Gobierno son investigadas y juzgadas en el Tribunal Supremo, y no en los tribunales ordinarios.
- Inmunidad parlamentaria. “No podrán ser detenidos ni procesados en el territorio de cualquier otro Estado miembro”.
- Inviolabilidad. “Los diputados al Parlamento Europeo no podrán ser buscados, detenidos ni procesados por las opiniones o los votos por ellos emitidos en el ejercicio de sus funciones”.
Un matiz. “La inmunidad no podrá invocarse en caso de flagrante delito ni podrá oponerse al derecho del Parlamento Europeo a retirársela a uno de sus diputados”.
¿Cómo se defiende o anula la inmunidad? El artículo 9 del reglamento del Parlamento indica:
- Si una autoridad competente de un Estado miembro o el fiscal general europeo solicitan la suspensión de la inmunidad de un eurodiputado (o si un diputado pide que se defienda su inmunidad) el presidente del Parlamento comunica en el Pleno que ha recibido el suplicatorio y lo remitirá a la comisión pertinente para que lo examine.
- Esta comisión puede pedir cualquier información o explicación que estime necesaria. Asimismo, el diputado en cuestión tendrá la oportunidad de ser oído y podrá presentar los documentos o cualquier otra prueba escrita según proceda.
- La comisión adopta una recomendación a puerta cerrada que presenta a todo el Parlamento sobre si aprueba o rechaza la solicitud de levantamiento o defensa de la inmunidad del diputado. Durante la sesión plenaria posterior a la decisión de la comisión, el Parlamento toma una decisión por mayoría simple. Tras la votación, el presidente comunicará inmediatamente la decisión del Parlamento al diputado al Parlamento Europeo y a la autoridad competente del Estado miembro.
Importante. La comisión no se pronunciará “en ningún caso” sobre la culpabilidad del diputado ni sobre la procedencia de perseguir penalmente sus opiniones o actos que a aquel se atribuyan.
La inmunidad como garantía de independencia. El reglamento interno del Parlamento Europeo, en su artículo 5, matiza que “la inmunidad parlamentaria no es un privilegio personal del diputado, sino una garantía de independencia del Parlamento en su conjunto y de sus diputados”.
Fuentes
Parlamento Europeo
Protocolo de privilegios e inmunidades de la Unión Europea de 1965
Reglamento interno del Parlamento Europeo