¿Cuáles son los alimentos sin IVA tras la inclusión del aceite de oliva?
El Gobierno incluirá el aceite de oliva en la lista de alimentos “más básicos”, que cuentan temporalmente con un IVA hiperreducido del 0%. Desde enero de 2023, el conocido como oro líquido ya contaba con un tipo especial tras pasar del 10% al 5%, mientras que los alimentos incluidos en el tipo superreducido pasaron del 4% a la exención total.
Estos son los alimentos con exención temporal de IVA:
- Aceite de oliva
- Pan (incluida la masa congelada y harinas panificables)
- Leche
- Queso
- Huevos
- Frutas
- Verduras
- Hortalizas
- Legumbres
- Tubérculos
- Cereales
Existen tres tipos de IVA: el general, el reducido y el superreducido.
El IVA general es del 21% desde septiembre de 2012, cuando el gobierno de Mariano Rajoy (PP) aprobó un decreto que elevó los tipos impositivos general y reducido del 18% al 21% y del 8% al 10%, respectivamente.
El IVA reducido es del 10%, aunque existen excepciones. Por norma general, en este tipo impositivo se incluyen los productos utilizados para la nutrición humana o animal, medicamentos para animales, viviendas y garajes, plantas o servicios como el transporte de viajeros, la hostelería, el cine o los espectáculos.
El IVA superreducido se tributa con el 4% y grava los libros, los periódicos, los medicamentos de uso humano, las prótesis para las personas con discapacidad, las viviendas de protección oficial, los tampones, las compresas, los preservativos o servicios para personas vulnerables como la teleasistencia. También grava los alimentos más básicos, pero estos están exentos de IVA desde el 1 de enero de 2023.
La electricidad, por general, tiene una tributación normal del 21%. Sin embargo, el Gobierno incluyó la luz en el tipo reducido del 10% en 2021 y, ya en 2022, la bajó al 5% por su elevado precio. Estas excepciones se aplican cuando el precio mayorista del mes anterior es superior a 45 €/MWh, por lo que en 2024 ha habido varios meses en los que se ha cobrado la luz con un 21% de IVA.
La exención del IVA para alimentos básicos como el aceite se mantendrá, como mínimo, hasta el 31 de diciembre de 2024.