Las sanciones para los desarrolladores de sistemas de IA, en el caso de que se salten el nuevo reglamento europeo
El Diario Oficial de la Unión Europea (UE) ha publicado el Reglamento de Inteligencia Artificial (RIA), la primera ley del mundo que regula la tecnología en estos términos. Fue aprobado en marzo por Bruselas y entrará en vigor el próximo 1 de agosto, aunque existen diferentes plazos de aplicación para las diferentes medidas.
- La norma tiene como objetivo la mejora del funcionamiento del mercado de la UE mediante reglas en la introducción de IA en el mercado y su utilización, según explica el propio texto. Para ello, detalla qué prácticas están prohibidas, qué sistemas se consideran de alto riesgo y sanciones por incumplimiento de la ley de Inteligencia Artificial, entre otros factores.
- Aquí puedes consultar qué prácticas quedan totalmente prohibidas desde los seis meses de entrada en vigor de la norma y cuáles se considerarán de alto riesgo.
Sanciones por incumplimiento del reglamento de Inteligencia Artificial. Cada estado miembro deberá desarrollar un régimen de sanciones que podrán ser aplicadas a los 12 meses de la entrada en vigor del reglamento, es decir, desde el 1 de agosto de 2025. Jesús Vázquez, abogado experto en Derecho Digital, opina que son “especialmente duras”:
- Las más cuantiosas son las que corresponden al incumplimiento de las prácticas prohibidas, sanciones que pueden llegar a los 35 millones de euros o hasta el 7% del volumen anual de negocio mundial de la empresa, si esa cantidad es superior a los 35 millones.
- En cuanto a las sanciones por incumplimiento de las obligaciones de los sistemas de alto riesgo de Inteligencia Artificial, la UE marca sanciones de hasta 15 millones de euros o el 3% del volumen de negocios total anual a escala mundial de la empresa si esa cantidad es superior a los 15 millones.
La importancia del reglamento. “Es el primer reglamento exhaustivo sobre IA, desde luego es el más extenso. Nace con la ambiciosa vocación de armonizar las legislaciones de todos los estados miembros en materia de inteligencia artificial, evitando la disparidad de leyes y criterios que dificultarían enormemente el despliegue y desarrollo de estas tecnologías en la UE”, sostiene Vázquez.
- Ante una tecnología no exenta de potencial peligrosidad “pretende mitigar los riesgos para los ciudadanos sin estrangular la inversión e investigación”. Su carácter pionero podría hacer que se posicione como “un estándar legislativo en la materia a nivel global, como ya ocurrió con la legislación sobre protección de datos (RGPD)”, concluye el experto.
Fuentes
Reglamento de Inteligencia Artificial de la UE
Entrevista con Jesús Vázquez, abogado experto en Derecho Digital