Llega la 'revolución' a las farmacias madrileñas, una fórmula de funcionamiento que cambiará lo que ahora es habitual y que, al ritmo en que envejecen nuestras sociedades, será el mecanismo más frecuente en pocas décadas: la 'telefarmacia' ya está aquí , de la mano del reglamento que desarrolla la Ley aprobada a tal efecto en diciembre de 2022. A partir de ahora, y durante 15 días, la norma será sometida a consulta pública, antes de continuar con el desarrollo del texto legislativo. Una vez aprobada la nueva Ley de Farmacia, toca ahora redactar y aprobar los reglamentos que la desarrollen. En estos últimos días de julio, y hasta el 8 de agosto, se ha abierto el plazo de consulta pública para ese proyecto de decreto que regulará la atención farmacéutica domiciliaria, y otros aspectos como la regulación de horarios, los servicios de guardia y las vacaciones de estas oficinas de farmacia, o la extensión de los SPD (servicios personalizados de dosificación) previstos en la ley. La principal meta de la norma es, según el Gobierno regional, facilitar el acceso a la atención farmacéutica a la población «que está en situación de dependencia, discapacidad o pérdida de la autonomía funcional, con dificultades severas para desplazarse a la farmacia». Se trata de poder hacer llegar la medicación a los usuarios desde el establecimiento cuando éstos no se puedan desplazar por causa física. Esta entrega a domicilio se hará siempre, señala la norma, de manera 'informada', dada la delicada naturaleza de los productos a los que se refiere. Por eso, precisamente, establece la ley que hace falta una regulación pormenorizada de los protocolos, de observancia obligada, para el procedimiento en esta 'telefarmacia', para garantizar la seguridad y la calidad en la prestación del servicio. De esta forma, recuerdan desde el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, se podrá mantener «en la atención domiciliaria la cercanía y confianza que caracterizan la atención en la farmacia comunitaria; por lo tanto, la zona básica de salud y la proximidad a los pacientes deberán ser las bases de la planificación». Hay cerca de 3.000 oficinas de farmacia abiertas actualmente en la Comunidad de Madrid. Pero hay más puntos en la ley, además de esa 'telefarmacia': uno de los más importantes es el sistema personalizado de dosificación (SPD), que quiere mejorar la adherencia, efectividad y seguridad de los tratamientos farmacológicos de los pacientes. Para ponerlos en marcha, la normativa fijará «directrices sobre las condiciones y los requisitos técnico-sanitarios que doten a la prestación de este servicio farmacoterapéutico, especialmente dirigido a los pacientes crónicos, polimedicados y dependientes, de claridad, rigor y uniformidad». También se van a organizar en este reglamento los horarios ordinarios y ampliados de las farmacias , así como los servicios de guardia y los periodos de vacaciones de los establecimientos farmacéuticos. En este sentido, se pretende establecer la obligación de contar con la presencia de un farmacéutico en la oficina de farmacia durante todo el horario de apertura. También se quiere garantizar en el reglamento la adecuada dotación de plantillas de las farmacias. Otro aspecto que se incluirá es la agilización del procedimiento y los requisitos para obtener la autorización administrativa de las transmisiones de oficinas de farmacia. Se quiere simplificar y reducir las cargas administrativas de estas transmisiones, y establecer condiciones y requisitos que suponen un cambio significativo respecto al régimen anterior. El Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid está implicado en el desarrollo de este reglamento, y muestra su disposición a «seguir colaborando» en él «para responder a los nuevos desafíos que implican realidades crecientes, como el envejecimiento, la cronocidad, la dependencia o la soledad no deseada, muy ligadas a la polimedicación», advierten. Ahora que ha comenzado la tramitación de este reglamento, desde el Colegio de Farmacéuticos madrileño recuerdan las bases en que se debe cimentar esta atención farmacéutica a domicilio. Por un lado, esa 'telefarmacia' no será generalizada, para todos los usuarios, sino únicamente para aquellos casos de personas que tengan perfiles y necesidades muy determinadas. Concretamente, a aquella población «en situación de dependencia o discapacida d con pérdida de autonomía funcional y con dificultad o impedimento para desplazarse a la oficina de farmacia de su elección». Además, la prestación deberá a llevarse a cabo «siempre por parte del farmacéutico o personal cualificado de la oficina de farmacia, y a través de una entrega informada en el domicilio de los usuarios, que permitan garantizar la continuidad asistencial y un seguimiento farmacoterapéutico personalizado».