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Absuelven a un hombre en Sevilla de abusar de su hijastro menor por «las injerencias de la madre»

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La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un varón del presunto delito continuado de abuso a menor de 16 años de edad que se le achacaba sobre uno de los hijos de la que fuera su mujer, por aspectos como «lo escueto del relato» del niño y su «ausencia de espontaneidad»; así como «las injerencias continuas de la madre, que en múltiples ocasiones le ha insistido llegando incluso a grabarle y a hacerle escribir lo ocurrido, e incluso a sondearle a través de amigos y familiares». En una sentencia emitida el pasado 7 de noviembre y recogida por Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla declara probado, exclusivamente, que el acusado, para el cual la Fiscalía y la acusación particular reclamaban seis años de cárcel por un presunto delito continuado de abuso a menor de 16 años de edad; «en el periodo comprendido entre el año 2013 y el año 2017 , convivía con su esposa y los hijos menores de esta el domicilio» familiar, marco en el que «en múltiples ocasiones, se quedaba a cargo de los tres menores, sin que conste que cuando se encontraba a solas con el menor nacido el 20 de diciembre de 2009 mientras lo bañaba o estaban en el salón, o en el dormitorio del niño, aprovechara para tocarle el pene, o hacerle cosquillas con las que se excitaba». Según el tribunal, «la valoración de la prueba practicada con respeto a los principios de oralidad, inmediación, defensa y contradicción no permite tener por acreditado los hechos por los que venía acusado» el varón juzgado, que negó los hechos, asegurando que «mantenía muy buena relación» con los hijos de la que fuera su mujer, «ayudando a la madre en todas las tareas como bañarles, llevarles al colegio, al comedor o a sus actividades deportivas, darles la cena o acostarles»; y que «finalizó la relación en octubre de 2017 cuando ella le fue infiel, abandonando el domicilio». El testimonio del menor constituye la única prueba de cargo en el caso y al ponerlo «en relación con todas las manifestaciones que se oyeron en el juicio», queda de relieve según el tribunal «que dicha declaración es insuficiente para afirmar, con la contundencia y grado de seguridad que exige un pronunciamiento de condena, que efectivamente el acusado realizó los tocamientos al menor que sustentan la condena interesada». «Resulta revelador el informe realizado por psicóloga de ADIMA sobre la credibilidad de su testimonio, del que merece extraer como datos de interés que el menor en la primera cita evitó abordar la figura (de su padrastro y acusado) para pasar en la segunda cita directamente a manifestar él, con prisa, que venía a contar lo (de su padrastro), lo que hizo con manifestaciones breves y carentes de detalle, tras lo cual le pidió a la psicóloga que hablase con su madre para verificarle que ya lo había contado, y ello porque su madre le demandaba que lo contase porque si no a ella no le iban a creer», explica la Audiencia. La sentencia señala además que el menor, según el informe pericial psicológico, «presenta signos de victimización y cansancio en torno a esta temática, que se explica por la angustia de la madre, que en múltiples ocasiones le ha insistido llegando incluso a grabarle y a hacerle escribir lo ocurrido, e incluso a sondearle a través de amigos y familiares». Según la Sección Séptima de la Audiencia, «la psicóloga aprecia rasgos en el menor que pueden ser compatibles no solo con una violencia sexual, sino con otro tipo de circunstancias que pudieran suponer falta de supervisión y de límites », además de que el niño «tiene los conocimientos sexuales por encima de lo esperado para su edad, sin que se descarte que ello derive del acceso a dispositivos tecnológicos cuando pasa los fines de semana en distintos contextos familiares con cierta falta de supervisión». «Todo lo anterior trajo como consecuencia que el informe de las psicólogas no contenga un diagnóstico concluyente en relación a la sospecha que se investigaba, por la falta de detalle y escasez del testimonio prestado», indica la sentencia. «Lo escueto del relato, la ausencia de espontaneidad , las injerencias continuas de la madre, la sospecha de que otras personas hayan podido contribuir a la sexualización que presenta el menor, excesiva para su edad, unido a la ausencia de corroboración periférica alguna, lleva a considerar no acreditados los hechos imputados al acusado», zanja la Sección Séptima de la Audiencia, que declara la absolución del varón juzgado.



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