La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dado la razón a una madre frente a la mutua colaboradora de la Seguridad Social Mutual Midat Cyclops (MC Mutual) y el propio INSS y le ha reconocido la prestación familiar para cuidado de hijos menores enfermos pese a que en su caso, el niño no está sometido a un ingreso hospitalario de larga duración, como establece la ley, sino que necesita tratamiento médico continuado tanto en un centro de día como en casa. Se trata de un menor que padece una enfermedad grave de origen congénito (parálisis cerebral infantil-hemiparesia espástica derecha) y que, por indicación médica, debe someterse a terapia ocupacional y rehabilitación tres días al mes, actividades de psicomotricidad... Ver Más