La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León ha absuelto a un hombre acusado de un delito de agresión sexual por la incomparecencia de la denunciante y de su abogado, que provocó que la prueba practicada «careciera de entidad suficiente». Ni la mujer presuntamente agredida, ni su abogado comparecieron en el juicio oral «sin alegar causa que le impidiera hacerlo» y habiendo suspendido la vista en una ocasión anterior por la incomparecencia injustificada de la denunciante. La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge que el Ministerio Fiscal solicitaba en un primer momento una pena de ocho años de prisión para el acusado mientras que la Defensa pedía su libre absolución. El ahora absuelto y la denunciante mantuvieron hasta el año 2020 una relación sentimental que finalizó, según se relata en el documento jurídico, un día antes de la presentación de la denuncia. Además, según el informe psicosocial, la mujer padece trastorno límite de personalidad y en ella se aprecia «una situación de gran vulnerabilidad». En su declaración, el acusado aseguró que esta le había advertido de que si algún día lo dejaban, ella le denunciaría. La sentencia defiende que «es preciso una mínima actividad probatoria producida con las garantías procesales, que pueda entenderse de cargo y de la que deducir, por tanto, la culpabilidad del procesado». Por todo ello, el tribunal ha decretado la absolución del acusado del delito de agresión sexual y ha determinado que las costas sean asumidas de oficio. Contra esta decisión puede presentarse un recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).