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Март
2025

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ratifica que la devolución en caliente de un inmigrante que llegó a nado a Ceuta es ilegal

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia, del 4 de septiembre de 2024, que reconocía la «nulidad» de la entrega material a las autoridades de Marruecos de un ciudadano argelino que intentaba acceder a Ceuta a nado. El fallo desestima el recurso de apelación interpuesto por la Abogacía del Estado en representación y defensa de la administración del Estado contra sentencia dictada el 4 de septiembre de 2024 por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 2 de Ceuta y condena a las costas del recurso a la parte apelante con el límite de 300 euros. La sentencia del 4 de septiembre de 2024 reconoce «el derecho de retornar al Estado español» del migrante, a fin de que «sea asistido de letrado e intérprete» para formalizar una solicitud de protección internacional o, por el contrario, «se le tramite el correspondiente expediente administrativo de devolución». Las asociaciones Coordinadora de Barrios , No Name Kitchen y el Servicio Jesuita a Migrantes , que han representado al migrante, ha celebrado que el TSJA hay dictado «una importante sentencia» sobre la figura jurídica del rechazo en frontera, comúnmente conocida como devolución en caliente. «Desde que la ley de protección de la seguridad ciudadana introdujo esta figura jurídica, el ejecutivo ha venido aplicándola en Ceuta y Melilla sin límite geográfico, no solo en el perímetro fronterizo de la valla, sino también en el mar, en islotes y archipiélagos o en el centro de la ciudad», señalan las organizaciones, que destacan que contra esta práctica ya se han dictado dos sentencias por los Juzgados de Ceuta que fueron recurridas por la Abogacía del Estado. Ahora el Tribunal Superior de Justicia ha confirmado la decisión del Juzgado señalando que «este rechazo de naturaleza tan excepcional sólo está previsto en el perímetro de la valla y recordando que en el resto de ubicaciones deberá emplear el procedimiento de devolución ordinaria con todas sus garantías». Las organizaciones recuerdan que en la actualidad hay otros dos procedimientos pendientes sobre los que los juzgados de Ceuta deben pronunciarse. «En todos los asuntos analizados por la justicia ha quedado acreditado que los litigantes fueron interceptados por la Guardia Civil en el mar o en la playa mientras trataban de acceder a la costa ceutí y, posteriormente, fueron devueltos a Marruecos sin haber podido tener asistencia letrada ni intérprete», añaden las asociaciones, que exigen «el cese de esta práctica -declarada ilegal por los juzgados»-, reclaman el reconocimiento de todas las garantías procedimentales a las personas extranjeras y recuerdan que el control de fronteras «es una responsabilidad del Estado que debe ejercerse con pleno respeto a los Derechos Humanos».



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