Paritarias Comercio: con aumento confirmado, cuánto cobro en enero y cómo quedan todas las escalas
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresariales cerraron semanas atrás el acuerdo paritario en el que pactaron un nuevo aumento no remunerativo para los empleados del sector.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la federación que encabeza Armando Cavalieri, suscribieron el acuerdo en el marco de la paritaria 2024-2026.
Las partes pactaron un incremento salarial del 5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 tomando como base de cálculo los valores de octubre, más las sumas de carácter no remunerativo a dicha fecha.
La recomposición se abonará en su valor nominal y en dos tramos no acumulativos:
- 2,5% a partir de noviembre 2024
- 2,5% a partir de diciembre 2024.
Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de noviembre de 2024 y hasta el 31 de marzo de 2026, al tiempo que las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero de 2025 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.
Cabe destacar que las partes acordaron incorporar las sumas no remunerativas a los básicos de convenio de la siguiente forma: el incremento de noviembre con los haberes de diciembre; y el incremento de diciembre con los haberes de enero 2025.
La presente revisión se da en el marco del compromiso de reunión pactado por las partes en el acuerdo del pasado 1° de octubre ante las variaciones económicas registradas desde entonces, se informó.
Empleados de comercio: cómo quedan las escalas en enero 2025
Con un nuevo incremento del 2,5%, los empleados de comercio recibirán en los primeros días de enero 2025 una nueva actualización salarial. A continuación, las escalas:
Empleados de Comercio - Ajuste diciembre 2024 | |||
Categoría | Nuevo básico | ANR | Total |
Maestranza y Servicios | |||
A | 628.356,00 | 270.045,00 | 898.401,00 |
B | 630.175,00 | 270.827,00 | 901.002,00 |
C | 636.548,00 | 273.566,00 | 910.114,00 |
Administrativo | |||
A | 635.183,00 | 272.981,00 | 908.164,00 |
B | 637.917,00 | 274.155,00 | 912.072,00 |
C | 640.647,00 | 275.328,00 | 915.975,00 |
D | 648.842,00 | 278.850,00 | 927.692,00 |
E | 655.670,00 | 281.784,00 | 937.454,00 |
F | 665.686,00 | 286.089,00 | 951.775,00 |
Cajero | |||
A | 637.459,00 | 273.958,00 | 911.417,00 |
B | 640.647,00 | 275.328,00 | 915.975,00 |
C | 644.744,00 | 277.090,00 | 921.834,00 |
Personal Auxiliar | |||
A | 637.459,00 | 273.958,00 | 911.417,00 |
B | 642.011,00 | 275.915,00 | 917.926,00 |
C | 657.036,00 | 282.371,00 | 939.407,00 |
Auxiliar Especializado | |||
A | 642.924,00 | 276.307,00 | 919.231,00 |
B | 651.117,00 | 279.829,00 | 930.946,00 |
Vendedor | |||
A | 637.459,00 | 273.958,00 | 911.417,00 |
B | 651.119,00 | 279.829,00 | 930.948,00 |
C | 655.670,00 | 281.784,00 | 937.454,00 |
D | 665.686,00 | 286.089,00 | 951.775,00 |
En tanto, el gremio informó que "los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación".