Atención Monotributo: el requisito clave que pide ARCA para no pagar de más
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó los nuevos montos de las escalas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y anunció hasta cuándo se podrá realizar la recategorización.
Luego de este período, un grupo de monotributistas tendrá que cumplir con un requisito clave para mantener su inscripción. Según estableció el Ministerio de Capital Humano, deberán emitir por semestre y de forma obligatoria seis comprobantes.
Este parámetro afecta al Monotributo Social, el cual permite a los ciudadanos formalizar su trabajo, facturar por su actividad, tener cobertura de salud e ingresar al sistema jubilatorio. Por ende, al no cumplir este requisito, podrían ser dados de baja de forma automática y perder los beneficios.
ARCA: cuál es el requisito para mantener el Monotributo Social
Para los contribuyentes inscriptos en el Monotributo Social es fundamental tener en cuenta que por semestre se deben emitir obligatoriamente seis comprobantes (electrónicos o en formato papel), con un límite de facturación anual de $ 7.813.063.
De esta forma, ARCA vigilará y corroborará cada seis meses si los monotributistas sociales cumplen con la emisión mínima requerida. En caso de no cumplir con este punto, el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social podrá disponer de la baja de oficio.
Asimismo, los contribuyentes también perderán sus beneficios, como los aportes reducidos a la seguridad social y obra social, el subsidio del 50% del componente relativo al sistema de salud y su respectivo acceso al sistema previsional.
Quiénes pueden acceder al Monotributo Social
- Trabajadores independientes de bajos ingresos.
- Emprendedores de la economía social.
- Beneficiarios de programas sociales.
- Pequeños productores.
Monotributo: cómo quedan las escalas a partir de febrero 2025
Categoría | Ingresos Brutos anualesdesde el 1° de enero, inclusive | Componenteimpositivo (con aportesa la seguridad social) | |
A | $ 7.813.063,45 | $ 32.221,32 | |
B | $ 11.447.046,44 | $ 36.679 | |
C | $ 16.050.091,57 | De $ 41.982,19 a $ 42.951,26 | |
D | $ 19.926.340,10 | De $ 53.714,87 a $ 55.047,33 | |
E | $ 23.439.190,34 | De $ 70.436,50 a $ 77.946,73 | |
F | $ 29.374.695,90 | De $ 98.096,95 a $ 84.530,08 | |
G | $ 35.128.502,31 | De $ 103.321,64 a $ 149.836,63 | |
H | $ 53.298.417,30 | De $ 206.815,64 a$ 340.061,68 | |
I | $ 59.657.887,55 | De $ 309.020,04 a $ 626.993,55 | |
J | $ 68.318.880,36 | De $ 377.851,82 a $ 759.420,03 | |
K | $ 82.370.281,28 | De $ 456.773,19 a $ 1.050.323,75 |
Monotributo ARCA: quiénes tienen que recategorizarse
El organismo dio a conocer qué grupos de monotributistas no deberán recategorizarse:
- Aquellos que mantengan la misma categoría
- Quienes tengan menos de 6 meses de actividad.
- Tampoco cuando se trate del inicio de actividades y no hayan transcurrido más de 6 meses.
Por lo tanto, según informó el fisco, los monotributistas tendrán tiempo hasta el 5 de febrero para ajustar su categoría.