Confirmado: último momento | ARCA investigará las transferencias de billeteras virtuales que superen este monto
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció cuánto dinero podrán tener los usuarios de billeteras virtuales sin que la institución investigue el origen de fondos.
El organismo tiene el fin de identificar las irregularidades fiscales en las transacciones de los usuarios y constatar la legitimidad de los fondos que ingresan.
¿Cuánto dinero puedo tener en mi billetera virtual sin que me investiguen?
Tal como lo destacó ARCA, la institución podrá solicitar los datos de los usuarios que tengan saldos mensuales equivalentes o superiores a los siguientes importes.
$ 600.000
- Total de consumos con tarjetas de débito del país.
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
$ 1.000.000
- Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
- Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
- Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
- Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
$ 2.000.000
- Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
La institución detalló que la medida establecida el 1 de enero de 2025 no afecta a los consumidores, sino que es un régimen de información que tienen que cumplir las entidades financieras.
¿Por qué las billeteras virtuales pueden alertar sobre las transacciones?
Con respecto a Resolución General N°4298, las billeteras virtuales son consideradas responsables de reportar las transacciones, saldos y consumos que sobrepasen los topes establecidos por la entidad.
Los controles tienen el objetivo de reducir la evasión fiscal y garantizar que las billeteras virtuales no sean instrumentos para transacciones fuera del sistema legal.
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ARCA: ¿qué documentación puede pedir para justificar fondos?
En el caso de que se detecten movimientos inusuales o sospechosos en la cuenta, la ARCA podría pedir al titular de la cuenta la siguiente documentación:
- Constancia del monotributo.
- Tickets de compra y venta.
- Justificación de la venta de acciones o empresas.
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturación de los últimos meses.