Alerta billeteras virtuales: ARCA investiga transferencias superiores a este monto en febrero
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó a principios de enero los montos por los cuales los bancos y las billeteras virtuales tendrán que notificar sobre los movimientos de los usuarios.
En un comunicado, el organismo explicó que este nuevo ajuste surgió de la "actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)".
Según los detalles publicados en la Resolución General N° 5512/2024, los valores (transacciones, saldos y consumos) se actualizarán semestralmente.
Billeteras virtuales: a partir de qué monto te investiga ARCA en febrero
Los bancos y las billeteras virtuales, como Mercado Pago y Ualá, tendrán que notificar las operaciones cuando los contribuyentes superen estos montos:
$ 600.000
- Total de consumos con tarjetas de débito.
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
$ 1.000.000
- Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
- Total de depósitos a plazo fijo constituidos en el mes.
- Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
- Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
$ 2.000.000
Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
Transferencias: cuál es la documentación que puede solicitar ARCA
El fisco evaluará la situación de los contribuyentes, por lo que controlará constantemente si el origen del dinero es lícito en los casos que se excedan los valores establecidos.
Por lo tanto, en caso de superar los topes, los usuarios tendrán que enviar por correo electrónico la documentación requerida por el ente. Además, también se podría optar por cerrar la cuenta del cliente y enviar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).
Para justificar los movimientos de dinero, los contribuyentes deberán enviar la siguiente documentación:
- Recibos de sueldo.
- Comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturas emitidas en los últimos meses.
- Constancia del monotributo.
- Tickets de compra y venta.
- Justificación de la venta de acciones o empresas.