Un senador anticipó qué va a pasar si se rechazan los pliegos de Lijo y García-Mansilla: "No deberían..."
Luego de que el presidente Javier Milei nombrara por decreto a Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla como nuevos jueces de la Corte Suprema, el senador de La Libertad Avanza (LLA) y presidente provisional del Senado, Bartolomé Abdala, advirtió qué pasará si se rechazan los pliegos de los dos magistrados.
"Nosotros en el Senado tenemos el desafío de homologar el decreto que sacó el Ejecutivo. Tenemos el desafío que ambos caballeros sean ratificados por el Senado. Independientemente de esto, entiendo el motivo por el cual salió el decreto. Tenemos una Corte de tres jueces que hay que completarla", aseguró en diálogo con Radio Rivadavia.
El nombramiento de Lijo, cuya licencia fue aceptada por la Cámara Federal y deberá ser aprobada por la Corte, y García-Mansilla, que ya juró como juez del máximo tribunal, trajo polémica y cuestionamientos por parte de la oposición.
En ese sentido, Abdala remarcó que "desde mayo" llegaron a la Cámara alta los pliegos de ambos magistrados y "no fueron tratados con seriedad desde Unión por la Patria (UxP)". Precisamente, indicó que "no dieron quorum ni las firmas suficientes para el dictamen en comisión".
A diferencia de las críticas de bloques opositores, el senador libertario consideró que el decreto, publicado de manera oficial en el Boletín Oficial, le pareció "oportuno y necesario".
Lijo y García-Mansilla: qué va a pasar con los pliegos en el Senado, según Abdala
Tras la decisión que tomó el Ejecutivo, se espera que ahora el Senado trate los pliegos de Lijo y García-Mansilla. Consultado sobre la votación, el senador especificó que, "si son rechazados por el Senado, no deberían seguir en la función".
Bajo ese contexto, detalló que "habrá que nombrar nuevos pliegos", destacando la importancia que tiene la decisión de la Cámara alta en sendos nombramientos.
El Gobierno confía en que Ariel Lijo jurará como juez de la Corte la próxima semana
"Banco el decreto presidencial y trabajaremos para que el Senado le dé la conformidad que estos caballeros necesitan para que integren la Corte", insistió. Y respaldó la designación: "Mientras sean jueces, tienen la validez de todo lo que firman".
Vale resaltar que las designaciones en comisión estarán vigentes hasta el 30 de noviembre -fecha en la que finalizará el año legislativo-, siempre y cuando el Senado no trate los pliegos. Si llegasen a aprobarlos, con el voto de los dos tercios de los miembros presentes, los jueces tendrán estabilidad en el cargo.
Si los senadores tratan y rechazan los pliegos, la Constitución Nacional no hace alusión a lo que debería suceder con los nombramientos en comisión. En base a las declaraciones de Bartolomé Abdala, todo indica que en este caso no permanecerían en el cargo.
Uno de los puntos en los que se ampara el decreto que firmó el Gobierno es el artículo 99, inciso 19, de la Constitución, el cual le atribuye la siguiente facultad al presidente: "Puede llenar las vacantes de los 'empleos', que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura".
El nombramiento de los jueces por decreto trajo polémica y críticas de la oposición
Incluso, según adelantó El Cronista, desde La Libertad Avanza (LLA) afirmaron que ni el Senado ni la Justicia pueden revocar ese nombramiento, ya que ese decreto es una atribución "exclusiva" del mandatario conferida por la Constitución. En cambio, diferentes sectores de la oposición critican la designación, dado que afirman que es errónea la apreciación del término "empleos" y su relación con el nombramiento de jueces.