El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana tumba la sentencia que obligaba a limitar el ruido del ocio nocturno en la conocida calle Castaños de Alicante. La sala considera que no se ha acreditado que la contaminación acústica afectase a la salud de los residentes y que tampoco se han aportado mediciones tomadas en el interior de las viviendas. Una decisión que supone un varapalo para los vecinos y un balón de oxígeno para el Ayuntamiento (que temía recibir reclamaciones económicas masivas) y los hosteleros.