Embajada paralela: revocan los procesamientos del clan Levy por sus negocios con el gobierno de Venezuela durante el kirchnerismo
Por segunda vez en siete años, la Cámara en lo Penal Económico revocó los procesamientos por los presuntos delitos de defraudación y lavado que afrontaban los máximos responsables del clan Levy, un grupo empresario argentino que participó en el fideicomiso bilateral que el presidente Néstor Kirchner acordó con el régimen de Hugo Chávez, bajo la égida de la “embajada paralela”.
Los camaristas Roberto Hornos y Carolina Robiglio revocaron los procesamientos de los hermanos Juan José, Carlos Alberto y Alejandro Levy, quienes embolsaron más de US$ 282 millones del fideicomiso bilateral, tras venderle productos a Venezuela con precios que la investigación desarrollada en la primera instancia estimó que superaban los de mercado en un 47 a 441 por ciento, para luego girar esos fondos a un complejísimo entramado de decenas de sociedades y cuentas bancarias offshore.
El juez Marcelo Aguinksy había decretado, además, embargos multimillonarios contra todos los involucrados a mediados del año pasado, medida cautelar que ascendió a $85.000 millones en el caso de Juan José Levy –cerca de US$345 millones al tipo de cambio oficial entonces vigente-, ante la eventualidad de que fuera hallado culpable y debiera devolver al erario público los fondos bajo sospecha.
Aguinsky también había procesado como partícipes necesarios de las presuntas maniobras delictivas a varios ejecutivos –Julio César Barlocco, Julián Francisco Rubio, Miguel Álvaro Romero, Horacio Ismael Beresñak, Maximiliano González Kunz y Manuel Vicente González-, y había considerado que existían pruebas suficientes para avanzar sobre la eventual responsabilidad penal de cuatro empresas del grupo: Laboratorios Esme, Bleu Tel, Corporación Gulfos y Grupo Núcleo.
Sin embargo, en un fallo del jueves pasado que trascendió en las últimas horas, la Cámara de Apelaciones consideró que durante la investigación criminal que se inició en 2016 no se logró constatar la existencia de sobreprecios, ni que los Levy hayan perjudicado a los gobiernos de la Argentina o Venezuela, o que hayan protagonizado maniobras para blanquear activos ilícitos, más allá de que regularizaron activos durante el blanqueo que impulsó el gobierno de Mauricio Macri.
En ese sentido, los camaristas Hornos y Robliglio remarcaron, en línea con un fallo similar que la Cámara había dictado en 2017, que no debe “confundirse sobrefacturación (facturación en exceso de lo en realidad correspondiente) con precios eventualmente altos en la compra”, como los que se verificaron en las exportaciones de los Levy a Venezuela. “No cabría sostener que hay una ‘sobrevaluación’, sino en todo caso, se trataría de precios de la mercadería apreciados como elevados”, estimaron.
Apoyado en documentación contable, bancaria y societaria local y del exterior, además de documentos internos del clan Levy, el juez Aguinsky había arribado a otras conclusiones tras aquel primer fallo absolutorio de la Cámara, de 2017. Había estimado que existían pruebas sobre una presunta trama de corrupción bilateral con varias etapas. La primera, una supuesta defraudación al Estado venezolano; la segunda, el cobro de cientos de millones de dólares: y la tercera, la canalización de esos fondos a través de paraísos fiscales para ocultarlos, ya fuera para evadir fondos o para el pago de retornos a funcionarios.
“La enorme cantidad de indicios acreditados en esta investigación nos lleva a la unívoca conclusión de que esta maniobra de oscurecimiento y reciclado de dinero obedece a una estrategia de ‘delito estudiado’”, afirmó entonces Aguinsky, que prohibió salir país a todos los procesados, salvo a Pablo Rubio y Marcela Carolina Paz, quienes residían en Uruguay y a los que ordenó que se presentaran cada 30 días en el consulado argentino.
Para Hornos y Robliglio, sin embargo, el magistrado arribó a esas conclusiones “de manera dogmática y subjetiva” al analizar las operaciones del Grupo Levy con las empresas estatales Suministros Venezolanos Industriales C.A. (Suvinca) y a Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV). “No es posible inferir necesariamente que haya mediado alguna actividad ilícita, aunque el pago de precios ‘caros’ no fuera necesariamente beneficioso económicamente para las empresas venezolanas compradoras”, argumentaron los camaristas, “pues el concepto de fraude al cual alude el juzgado a lo largo de la resolución recurrida, requiere la existencia y la constatación de algún ardid o engaño para lograr la disposición patrimonial de quien actúa sumido en el error generado por el autor”.
Tanto la Fiscalía como el Juzgado habían llegado a otras conclusiones al cabo de siete años de investigación. Habían considerado probado que el clan Levy le vendió productos a Venezuela por los que recibió adelantos del 50 al 60 por ciento de cada operación con sobreprecios de entre el 47 y el 441 por ciento al comparar los valores con los de esos mismos productos que el Clan Levy vendió a otros países o con productos similares que otras empresas vendieron a Venezuela en similares circunstancias o condiciones.
Para los Levy, los procesamientos de Aguinsky no resultaron su primer contratiempo. Durante la última década acumularon sospechas de al menos tres jueces de dos fueros distintos, dos Cámaras de Apelaciones, dos veedores judiciales, dos fiscales y los bancos Galicia, BBVA Frances y Citibank -que cerraron sus cuentas y al menos los dos primeros enviaron reportes de operaciones sospechosas (ROS) a la unidad antilavado local (UIF)-, en tanto que el FPB Bank de Panamá inició una investigación por presunto lavado.
Coimas, ductos y quietud oficial
Los contratiempos se agudizaron para los Levy, además, cuando los hermanos protagonizaron una pelea breve, pero encarnizada, que los expuso. Llegaron a dejar constancias por escrito sobre el “pago de reintegros y comisiones indebidas”. Es decir, coimas a funcionarios argentinos y venezolanos, algo que luego negaron, como también negaron todo vínculo con el entorno de Julio de Vido, en particular a través del ladero del ministro, José María Olazagasti,
En su descargo judicial, el jefe del grupo empresario, Juan José Levy, planteó además que los precios de los productos que entregó a Suvinca y CANTV registraban “diferenciales” que respondían al “riesgo Venezuela”. Es decir, a tener que lidiar con el régimen bolivariano de Hugo Chávez y Nicolás Maduro, que argumentó que “paga tarde, mal y nunca”.
A lo largo de su resolución, Aguinsky había detallado, además, que el clan Levy lidiaba con otras causas penales por presunta evasión, aún cuando exteriorizó fortunas durante el blanqueo del gobierno de Macri. Y contrastó la colaboración que cosechó su investigación desde ciertas áreas oficiales –ya fueran locales o de terceros países como Panamá- con la insostenible quietud de otros organismos públicos y la negativa cerrada de Venezuela a cooperar con la investigación judicial argentina.
En su resolución de 38 carillas, sin embargo, la Cámara en lo Penal Económico revocó los procesamientos, los embargos y las prohibiciones para salir del país que Aguinsky impuso contra los miembros del Grupo Levy. Ahora, tanto la Fiscalía como la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberán evaluar si apelan el fallo ante la Cámara Federal de Casación Penal.
Originalmente publicado en el diario La Nación de Argentina / GDA
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