Canal Sur admite en directo que vulneró el derecho fundamental de huelga de una empleada el Día Internacional de la Mujer
El informativo regional de la noche en Canal Sur Televisión, por orden del Tribunal Superior de Justicia, dio lectura del fallo que condena al ente público a indemnizar con 7.500 euros a una trabajadora por restringir su derecho a huelga el 8M de 2022
La Justicia obliga a Canal Sur a comunicar a “toda Andalucía” que vulneró el derecho a huelga de una trabajadora el 8M
Canal Sur Televisión ha admitido en directo que vulneró el derecho fundamental de una de sus trabajadoras a hacer huelga el 8 de marzo de 2022, Día Internacional de la Mujer. Lo hizo en el informativo de la tarde noche de este viernes “para toda Andalucía”, en cumplimiento de una sentencia condenatoria del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Fue en los últimos minutos del noticiario cuando la presentadora dio obligada del fallo en un folio: “Estimamos parcialmente la demanda de tutela de derechos fundamentales, formulada por la Confederación General de Trabajo (CGT), contra la empresa pública de la Radio Televisión de Andalucía (RTVA) y la sociedad filial, Canal Sur Radio y Televisión Sociedad Anónima. Con intervención del Ministerio Fiscal, declaramos vulnerado el derecho de huelga de la parte actora, como consecuencia del establecimiento de turnos de trabajo para el día 8 de marzo de 2022, en el que doña Isabel García, delegada de CGT, ejerció su derecho de huelga y condenamos a las demandadas a abonar al sindicato actor una indemnización por daño moral de 7.500 euros, y a proceder a la lectura del fallo de esta sentencia en el informativo de la tarde de Canal Sur Televisión”.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla ha obligado a la RTVA a cumplir íntegramente el fallo condenatorio dictado por Tribunal Supremo el pasado octubre, “procediendo a la lectura” de la sentencia condenatoria “en el informativo de la tarde de Canal Sur Televisión que se emite para toda Andalucía”. El ente público ya lo había emitido, pero sólo en la desconexión provincial para Córdoba -donde trabaja la demandante-, pero la Justicia volvió a ordenarle que lo hiciera público en un informativo regional “para toda Andalucía”, uno de los más vistos en la cadena.
La cadena pública andaluza, según los tribunales, había vulnerado el derecho a huelga de una de sus trabajadoras del centro territorial de Córdoba durante el Día Internacional de la Mujer de 2022, en el que CGT había convocado formalmente un paro general a nivel autonómico. La organización de trabajadores había advertido en diciembre al TSJA que no se había cumplido el fallo puesto que Canal Sur había dado lectura al fallo en un informativo de Canal Sur TV Córdoba, como así fue el pasado 19 de diciembre (a partir del minuto 6.00).
Según el ente público, era “el informativo afectado por la Huelga del día 8 de marzo de 2022 y en cuyo turno se encontraba asignada” la delegada de CGT que ejerció su derecho de huelga y cuya sustitución motivó la demanda“. Pero el sindicato CGT alegó que el ámbito de la huelga convocada el 8M de 2022 correspondía a la comunidad autónoma andaluza y, además, es coincidente con la celebración del Día Internacional de la Mujer. Asimismo, la trabajadora afectada es representante de CGT en la empresa y forma parte del Comité Intercentros de la RTVA, por lo que ”su ámbito de representación alcanza a todos los centros de trabajo“.
“La emisión exclusiva en la desconexión provincial de Córdoba supone una limitación que establece de manera interesada y unilateral la parte condenada” tras haber sido, además, desestimado su recurso de casación ante el Tribunal Supremo, advierten desde el sindicato. “No se establece en la sentencia ninguna limitación ni invitación alguna a limitar el efecto del fallo”, continúa CGT, que añade que debía tenerse en consideración que “estamos ante un supuesto de reincidencia por cuanto que la empresa también ha resultado condenada por un asunto análogo relativo a la convocatoria de huelga de 8 de marzo de 2021”, como también informó elDiario.es Andalucía.
La demandante, como acoge ahora el TSJA, interesaba “que se prosiga con la ejecución interesada en sus justos términos y se requiera a la parte condenada a que realice la emisión en el informativo de la tarde autonómico”. La providencia del alto tribunal andaluz, fechada este 9 de enero y contra la que cabe recurso de reposición, obliga a que se lea la sentencia por vulneración del derecho a huelga en un informativo de tarde a nivel autonómico.
La sentencia del Supremo
La sentencia del Supremo, de 30 de octubre, desestimó el recurso de casación de RTVA y Canal Sur, como pedía el Ministerio Fiscal, y declara la firmeza de la sentencia de la Sala de lo Social del TSJA (de julio de 2022) que ya declaró vulnerado el derecho de huelga de una operadora/montadora de vídeo, delegada de CGT, como consecuencia del establecimiento de turnos de trabajo para el 8 de marzo de 2022.
Relataba el Supremo que Canal Sur entrega a los trabajadores, aproximadamente el día 25 de cada mes, los cuadrantes de turnos de trabajo del mes siguiente. Los hechos acreditados, que ya fueron probados en primera instancia, señalan que en el cuadrante del mes de marzo de 2022, el 8 de marzo la trabajadora figuraba en el turno de tarde, estando además, previstos dos turnos especiales (de 12.30 a 21.30 horas) adjudicados a otra operadora/montadora de vídeo y a un técnico electrónico que suele realizar también funciones de montaje.
La empleada que protagoniza este caso y una redactora secundaron la huelga del 8 de marzo en el centro territorial de Canal Sur en Córdoba. En 2021, la operadora no secundó la huelga, sin que consten las circunstancias concurrentes, pero su huelga en 2022 “no tuvo incidencia alguna en el montaje de los informativos”, ya que “la duración del turno especial, que cubre parte de la mañana y parte de la tarde, permitía el montaje de ambos informativos por las personas que realizaron tales turnos”.