Reforma de Sheinbaum: Energía podría cancelar permisos si atentan contra la seguridad energética
Las nuevas leyes secundarias en materia de hidrocarburos plantean la posibilidad de que tanto la Secretaría de Energía (SENER) como la próxima entidad regulatoria, Comisión Nacional de Energía (CNE) puedan revocar permisos que, a su consideración, atenten contra la seguridad energética, seguridad nacional o la economía.
En la antigua Ley de Hidrocarburos (LH), solo se contemplaba una ocupación o una suspensión temporales para el permisionario responsable, pero en la nueva Ley del Sector Hidrocarburos (LESH), ya será causa de revocación de permiso, indicó la firma Cortés Quesada Abogados.
¿En qué casos la Sener podría cancelar permisos?
Además, tanto la SENER como la CNE podrán suspender permisos como medida precautoria ante ciertos eventos, como la falta de acreditación por parte de la permisionaria de la procedencia legal de productos, afectación a usuarias finales o adulteración de productos, contrabando, entre otros, misma que surtirá efectos hasta que no se desvirtúen las causales correspondientes.
Para el caso de otorgamiento de permisos, ahora se incluye como requisito adicional que el solicitante demuestre la propiedad o posesión legítima del activo donde se realizarán las actividades.
“La SENER o la CNE (según corresponda), deberá evaluar las solicitudes con base en las características del proyecto vis-à-vis el ‘sano desarrollo del mercado’ y la alineación con los criterios vinculantes de planeación”, indicó un reporte de la firma QUA Energy Consulting.
¿Quién podrá otorgar permisos?
De acuerdo con la iniciativa, el otorgamiento de permisos estará dividido entre la SENER y la CNE, dependiendo el caso.
En términos generales, en lo que se refiere a exploración y extracción de hidrocarburos, toda la regulación administrativa, técnica y económica del sector, desde el otorgamiento de Asignaciones o Contratos de Exploración y Extracción (CEE), su supervisión, y la determinación de la política pública y vigilancia técnica general, corresponde a la SENER.
Para el resto de las actividades, SENER mantiene competencia respecto de todas las actividades relacionadas con petróleo crudo, así como la exportación e importación de gas natural, petrolíferos y petroquímicos. Todo lo no cubierto por SENER sería competencia de la CNE.
Entre las actividades exclusivas del Estado se encuentran los permisos para explorar y extraer petróleo.
La Iniciativa del Sector Hidrocarburos será discutida en primer lugar ante el Senado de la República como cámara de origen, pasando posteriormente a la Cámara de Diputados.
Una vez aprobada por el Congreso de la Unión, la Iniciativa para el Sector Hidrocarburos entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación